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La Dian suspendió temporalmente parte de su operación en Cali y Medellín

En algunos casos, la suspensión de términos opera para todo el territorio nacional.

No hay servicio de la Dian en Cali y Medellín. Foto: Colprensa

No hay servicio de la Dian en Cali y Medellín. Foto: Colprensa(Thot)

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales informó que teniendo en cuenta que el desarrollo del Paro Nacional ha contado con bloqueos, concentraciones, marchas y movilizaciones, conllevando al cierre de vías nacionales, departamentales y municipales que han afectado el transporte no sólo de personas e insumos, sino también el desarrollo de diferentes procesos en especial en las ciudades de Cali y Medellín, decidió suspender los términos en procesos y actuaciones en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa, entre el 10 y el 18 de mayo en las ciudades anteriormente nombradas. 

Así quedó establecido en la resolución 0040 del 10 de mayo de 2021, que dispone la suspensión de términos en lo que corresponde solicitar y ejecutar el régimen de tránsito aduanero en todo el territorio nacional, y en la modalidad de cabotaje aéreo en lo que corresponde operaciones en jurisdicción de las Direcciones Seccionales de Aduanas de Medellín y Cali, donde se han tenido inconvenientes por la suspensión de vuelos.

La Dian también informó que se suspenden los términos en todo el territorio nacional para la expedición de actos administrativos que deban ser notificados a través de correo físico. Así como, para la radicación de recursos o actos en los que se requiera presentación personal o autenticación.

Adicionalmente, se decidió suspender los términos de los procesos y actuaciones nadministrativas presenciales en las Seccionales de Impuestos y Aduanas de Cali, en materia tributaria, aduanera y cambiaria que aparecen descritos en los artículos 3º y 4º de la mencionada resolución.

Finalmente, la Dian expresó que los términos se reanudarán el 19 de mayo, fecha en la que empezarán a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al momento de la suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses o años.

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