Embargarán a conductores morosos en Bogotá
Más de 8.000 personas que deben comparendos serán embargados en Bogotá.
Imagen de referencia conductor de vehículo. Foto: Getty / Catherine Falls Commercial
Bogotá
La Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) ordenó el embargo de más de 8 mil deudores de multas, y quienes a la fecha no se han puesto al día en sus pagos.
A través del embargo de productos bancarios y financieros, se busca recuperar una cartera que supera los $ 11 mil millones de pesos por cuenta de comparendos de tránsito impuestos entre 2017 y 2019.
“Antes de ordenar los embargos, la SDM envió diferentes comunicaciones persuasivas a los deudores invitándolos a ponerse al día y así, evitar la medida. Sin embargo, ante la falta de pago de algunos, se procedió al embargo de cuentas bancarias de los renuentes”, indicó Paulo Rincón Garay, Subsecretario de Gestión Jurídica.
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No obstante, el funcionario hace el llamado a los ciudadanos a que respeten y cumplan las normas de tránsito para evitar multas. “En caso de tener comparendos, el infractor puede realizar el Curso Pedagógico para obtener un descuento.”
¿Qué hacer en caso de embargo?
Realizar el pago de las obligaciones por las cuales fue embargado, primero, para ello debe ingresar a www.movilidadbogota.gov.co, allí, ubique el botón: Consulta de Comparendos, ingrese y consulte con su cédula de ciudadanía o placa para acceder a las obligaciones que adeuda.
Si lo desea, puede hacer el pago electrónico, de manera inmediata, por PSE o descargar el volante de pago para cancelar en las sedes del Banco de Occidente, Banco Caja Social y almacenes Éxito.
Si lo adeudado supera su capacidad de pago inmediato puede solicitar un acuerdo de pago, solicitando una cita a través del Centro de Contacto de Movilidad al 601-3649400, opción 2, o agendarse a través del aplicativo virtual en www.movilidadbogota.gov.co
“Tenga en cuenta que la Secretaría Distrital de Movilidad, adelanta internamente el trámite de desembargo ante la entidad correspondiente (entidad financiera, empleador, pagador, oficina de tránsito o de registro), este procedimiento se surte dentro de los 15 días hábiles siguientes al pago efectivo de la obligación o una vez se verifica que la obligación motivo de embargo no registra saldo pendiente por cobrar, de forma masiva y sin que medie una solicitud del interesado”, indicó Garay.