ContrarrelojContrarreloj

Actualidad

JEP deja en firme orden de pagar sueldo de reincorporados asesinados a sus familias, así como gastos funerarios

En diálogo con Contrarreloj, uno de los representantes de los excombatientes ante la JEP se refirió a la importancia de la determinación.

JEP deja en firme orden de pagar sueldo de reincorporados asesinados a sus familias, así como gastos funerarios

JEP deja en firme orden de pagar sueldo de reincorporados asesinados a sus familias, así como gastos funerarios

03:39

Compartir

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

<iframe src="https://www.wradio.com.co/embed/audio/367/1647641476794/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>

Jurisdicción Especial para la Paz. Foto: Colprensa

La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dejó en firme el fallo que ordenó a la Agencia para la Reincorporación (ARN) garantizar el pago a los familiares de la renta básica mensual que reciben los excombatientes de las Farc asesinados (hasta que se defina una ruta de protección), así como el seguro de vida y los gastos funerarios.

En entrevista con Contrarreloj, Juan David Bonilla, representante de los excombatientes ante la JEP, se refirió a la determinación y señaló que es un fallo de suma importancia porque garantiza la estabilidad de las familias de los reincorporados que sean ultimados, con el fin de que no queden desprotegidas económicamente, porque en una gran parte de los núcleos familiares los proveedores son los exguerrilleros.

Vea aquí

Esto implica que se generan unos recursos para gastos futuros que puedan utilizar ellos, para poder mantenerse durante un tiempo”, afirmó Bonilla.

Además, indicó que también dejar en firme el pago de la renta básica mensual que perciben los excombatientes a sus familias cuando ellos sean asesinados es una medida que protege sus derechos económicos y además promueve su “bancarización”, al tratarse de población en suma vulnerabilidad.

Qué dice el fallo:

La determinación de segunda instancia rechazó un recurso interpuesto por la ARN en el que solicitaba revocar las decisiones adoptadas argumentando que sobrepasan sus limitaciones presupuestales o tenían vacíos normativos.

Los magistrados (aunque la Agencia cumplió con entregar un Plan de Acción para que sea evaluado), criticaron la solicitud de tumbar el pago solidario a los familiares de los excombatientes asesinados con el argumento de que no hay disposiciones legales para ello. Según la Sección, con posturas como esas la ARN solamente estaría dejando desprotegidas a las familias de los excombatientes muertos, que suscribieron un compromiso con el estado y quedarían a su merced.

“La interpretación conlleva el absurdo de mantener la desprotección de los grupos familiares de los exintegrantes de las Farc asesinados e impedir o dificultar su reincorporación, por una supuesta ausencia de fundamento normativo, no es tal como acaba de ser demostrado (...) el alegato resulta irrazonable. Los hijos e hijas de los excombatientes de las Farc asesinados no pueden permanecer desamparados” sentenció la Sección.

Por último, desacreditaron el argumento de la ARN de que desembolsar los recursos a los familiares compromete sus limitaciones presupuestales, indicando que no se está hablando de más dinero, sino solamente el redireccionamiento del beneficio que iba para el reincorporado ahora a sus familiares.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad