JEP rechaza a exjefe de Policía que entregaba personas para que las mataran
En la polémica decisión la jurisdicción le cerró la puerta al exintendente jefe, aunque meses antes había confesado la forma en la que proporcionó víctimas a los soldados de Dabeiba, para que las asesinaran.
Cortesía: Rafael Aristizábal
La Sala de Definición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) cerró la puerta y rechazó el sometimiento del excomandante de Policía en Ibagué (Tolima) Guillermo Chávez Lara, quien confesó su participación en la entrega de habitantes de calle, andariegos y hasta barristas de fútbol a varios de los militares imputados por falsos positivos en Dabeiba (Antioquia).
De acuerdo con la determinación, y sin revisar a fondo el aporte a la verdad realizado por el expolicía en audiencia, la jurisdicción solamente se limitó a evaluar el proceso por el cual fue condenado Chávez, es decir, el secuestro extorsivo contra dos jóvenes en Ibagué, a los que la justicia encontró que pidió dinero para evitar su judicialización por transportar cocaína en su estómago.
Según el criterio de los jueces, la verdad encontrada por la justicia ordinaria en referencia a que el crimen tuvo motivos económicos y una nula relación con el conflicto, conlleva a cerrarle la puerta de la jurisdicción al expolicía. Lo anterior, aunque el exjefe de policía en Ibagué en audiencia meses antes aseguró que el pedido de dinero fue solamente una excusa para “ganar tiempo”, y entregarle las víctimas a los militares con los que trabajaba para que los mataran.
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“La voluntad de ir en contra de derecho se vio motivada por el enriquecimiento personal ilícito que el hoy interesado en comparecer pretendía obtener, siendo esta una circunstancia que riñe con la competencia preferente y prevalente de la JEP” sentenció la jurisdicción en el fallo conocido por La W.
En la decisión, los magistrados dejaron claro que conocían del llamado al expolicía a declarar por cuenta de los falsos positivos en Dabeiba y el ofrecimiento de verdad que hizo, pero no lo tuvieron en cuenta al momento de adoptar la determinación de excluir su caso de la JEP y tampoco las confesiones que hizo sobre las personas que desde 2005 le fue entregando a los militares responsables de los homicidios (incluidas incluso en el documento que imputó a 10 militares por ejecuciones extrajudiciales en Dabeiba).
Para los magistrados de la Sala de Definición el caso de Chávez Lara “no satisface de manera concurrente los factores de competencia de esta jurisdicción, motivo por el que su solicitud de sometimiento será objeto de rechazo por parte de este despacho”, así, negando concederle cualquier beneficio.
Rafael Alberto Aristizábal
Periodista con 6 años de experiencia en el cubrimiento...Periodista con 6 años de experiencia en el cubrimiento de justicia ordinaria, justicia transicional, Procuraduría y Altas Cortes. Actual Editor Judicial de W Radio desde 2025.