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JEP rechaza definitivamente al exdirector del DAS José Miguel Narváez

En la decisión de segunda instancia los jueces criticaron que el exdirector señalado por paramilitarismo insistiera en su inocencia sin aportar pruebas, sobre los procesos en los que ha sido condenado.

José Miguel Narváez, ex director del DAS. Foto: Colprensa

José Miguel Narváez, ex director del DAS. Foto: Colprensa(Thot)

Colombia

La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó definitivamente el sometimiento del exdirector del DAS, José Miguel Narváez, al evidenciar un absoluto no compromiso con la verdad por parte de Narváez sobre el magnicidio de Jaime Garzón, vínculos con paramilitares y otros procesos penales en los que ha sido vinculado.

De acuerdo con la decisión de los magistrados, en las distintas oportunidades que se le brindaron a Narváez para que entregara verdad exhaustiva, el exdirector fue omisivo e incumplió sus obligaciones con la jurisdicción, incluso defraudando la confianza de las víctimas, quienes pidieron proteger a Narváez conforme a la verdad que había asegurado iba a contar.

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“La solicitud de sometimiento de Narváez Martínez a la JEP creó en las víctimas unas expectativas de acceder a la verdad plena sobre las personas que ordenaron el asesinato, la forma cómo fue planeado, etc. que el solicitante frustró con sus intervenciones posteriores. Las víctimas no obtuvieron lo que prometió el interesado” manifestó la Sección.

Es más, según los magistrados las víctimas y demás sujetos procesales han sido “testigos” de un “superfluo compromiso con el que NARVÁEZ MARTÍNEZ ha permanecido en la JEP durante más de tres años, con la mayoría de sus procesos y juicios suspendidos por cuenta de su sometimiento voluntario”. Todo lo anterior, porque a pesar de las condenas, Narváez siguió alegando su inocencia sin ni siquiera aportar pruebas.

“El interesado no puede insistir en negar la condena en firme en su contra, con el alegato de que ha sido injusta y producto de un contubernio corrupto entre funcionarios judiciales. Ese alegato configura un incumplimiento de su deber con el sistema y subraya su falta de compromiso de aportar a la verdad” concluyó la JEP.

Adicionalmente, la JEP en la decisión de segunda instancia tumbó cualquier posibilidad de adelantar una audiencia reservada con Narváez para entregar supuesta verdad confidencial, argumentando que los antecedentes de su falta de compromiso indicarían que “hay una alta probabilidad de que la audiencia dialógica de aporte a la verdad se convierta en un escenario que conlleve la revictimización de las personas afectadas con los delitos que se le endilgan al apelante”.

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