Nuevo regaño de la Corte Constitucional a Colpensiones
La Corte Constitucional le envía una nueva advertencia a Colpensiones para que realice un examen integral de las historias clínicas de quienes solicitan la sustitución pensional por enfermedades degenerativas.
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Corte Constitucional(Colprensa)
El pronunciamiento fue hecho al estudiar la tutela que presentó una mujer que sufre, entre otras enfermedades, de artritis reumatoide y síndrome de Sjogren desde 1990 y 2011, a quien Colpensiones le negó la sustitución pensional derivada de su padre fallecido en agosto de 2016.
Colpensiones señaló que el examen practicado a la ciudadana determinó una pérdida de capacidad laboral (PCL) del 58.53%, posterior a la muerte de su padre. Por lo tanto, no se aplicaría la regla del reconocimiento de la sustitución pensional de los hijos en condición de discapacidad a quienes acrediten que su estado es anterior a la fecha de la muerte del causante.
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Sin embargo con ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo, señaló que Colpensiones le dio prioridad a la fecha de estructuración que estableció su propio dictamen de PCL (perdida de capacidad laboral) , sin tener en cuenta que existen diversos documentos médicos, entre estos, una historia clínica, dictámenes y diagnósticos que prueban que las enfermedades que padece la demandante son crónicas y degenerativas y se desarrollaron entre 1990 y 2011:
“No se explica la razón por la que no se tuvo en cuenta la evidencia médica relativa a los diagnósticos de las enfermedades de la accionante con fechas comprendidas entre 1990 y 2011″.
Por lo que el fallo de la Corte otorgó 10 días a Colpensiones para reconocer y pagar la sustitución pensional a favor de la accionante en calidad de hija con un porcentaje de PCL superior al 50% y dependiente económicamente de su padre. El pago de la sustitución pensional deberá efectuarse con el respectivo retroactivo.