Judicial

La condena a más de 13 años por robarse un pollo no existió: esta es la historia

Nunca existió el hurto de un pollo y la sentencia se dio por la utilización de un menor de edad.

Imagen de referencia de juez. Foto: Getty Images / Tetra Images

Imagen de referencia de juez. Foto: Getty Images / Tetra Images

Sandra Marcela del Pilar Vanegas Villamarín no fue condenada por robarse un pollo en 2019, sino por el hurto de maquillaje, un multivitamínico y una chaqueta

Tras ser hallada culpable se impuso una pena de 164 meses de prisión (13 años y 6 meses), por el uso de menores en la comisión de delitos y hurto agravado.

W Radio conoció la sentencia que el juzgado 13 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, impuso en contra de Vanegas Villamarín y su compañero Mauricio Hernando Chacón Duarte, el 5 de abril de 2019.

En el documento de 32 páginas se advierte que, los hechos por los se impartió la condena ocurrieron el 18 de octubre de 2016.

“A eso de las 22:20 horas aproximadamente en el almacén Éxito ubicado en la calle 134 N° 9 – 51 de esta ciudad, miembros de la Policía Nacional capturaron en situación de flagrancia a Sandra Marcela del Pilar Vanegas Villamarín y Mauricio Hernando Chacón Duarte”, apartes de la acusación de la Fiscalía.

También señala que en el informe que rindió el uniformado John Fredy Avellaneda aparece que “la central de radio le informó de la retención de unas personas por hurto en el establecimiento anotado, adonde se desplazó y allí el guarda de seguridad Cristina Gabriel Montoya Pérez dio a conocer que los sujetos detenidos habían intentado salir del local con mercancía sin cancelar, acompañados de su menor hijo, quien llevaba puesta una chaqueta que tampoco había sido pagada”.

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También señala el documento que el guarda de seguridad del almacén, se percató que se activaron las alarmas cuando la mujer, el hombre y el niño, se encontraban en la puerta 1 del establecimiento.

Estos fueron los elementos que le encontraron a la mujer y a su pareja.

“Al abordarlos y trasladarlos a la sala de conversación, Sandra Marcela del Pilar entregó unas cajas de polvos marcas Revlon y Smart, junto a un frasco de pastillas Centrum; Mauricio Hernando hizo lo propio con un labial de marca Revlon; y el niño portaba una chaqueta HTV azul”.

Los elementos hurtados tienen un valor de 210 mil pesos.

En la sentencia se advierte que, no existió nunca el hurto de un pollo y que la condena se impone principalmente por el uso de menores en la comisión de delitos.

Precisamente, W Radio consultó al abogado Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, quien precisó que tanto los jueces como los fiscales dentro de este proceso, actuaron de acuerdo con la recta aplicación de la justicia.

“La cuestión dentro del proceso no fue el hurto, es que se empleó a un menor de edad para la comisión del hurto, él también fue sorprendido con objetos que no fueron pagados y en Colombia el empleo de menores para la comisión de cualquier delito es un delito grave en sí mismo que nos llama también a la reflexión sobre cómo actúa nuestra justicia, cuando los adultos no servimos de los niños para llevarlos a cometer delitos”, explicó el abogado Bernate.

Señaló que es preocupante como se desprestigió a la justicia en Colombia, con información equivocada porque el pollo nunca existió y la condena fue por haber utilizado al menor para cometer el delito.

“De manera que es una sentencia ponderada, la administración de justicia y todos los que intervinieron en este asunto hicieron de manera correcta (…)”.

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