Judicial

Caso Álvaro Uribe: Tribunal negó recusación contra magistrado que resolverá apelación

El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la recusación presentada por varios abogados contra el magistrado Carlos Andrés Guzmán.

Caso Álvaro Uribe Vélez // Foto: Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images

Caso Álvaro Uribe Vélez // Foto: Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images / Sebastian Barros

Los abogados Reynaldo Villalba, Miguel Ángel del Río y Eduardo Montealegre, quienes representan a las víctimas dentro del proceso por presunta manipulación de testigos contra el exsenador, habían recusado al magistrado Carlos Andrés Guzmán.

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El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la recusación presentada por varios abogados contra el magistrado Carlos Andrés Guzmán de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, con la que pretendían que se declarara impedido para resolver la apelación que interpuso la Fiscalía General de la Nación contra la decisión de la juez 41 Penal del Circuito con Función de Conocimiento que negó la preclusión de la investigación en favor del exsenador Álvaro Uribe Vélez.

La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá declaró infundadas las causales de la recusación y, además, le hizo un fuerte llamado de atención a los abogados.

“Se insiste, con esta clase de planteamientos, lo que se esconde es una presunción de mala fe, que no encuentra respaldo en la Ley; y que, en lugar de contribuir al buen ejercicio de la labor jurisdiccional, la torpedean con peticiones manifiestamente improcedentes e infundadas”, señala el fallo del Tribunal.

Cabe recordar que, la recusación fue presentada por los abogados Reynaldo Villalba, defensor del senador Iván Cepeda; Miguel Ángel del Río, representante judicial de Deyanira Gómez, exesposa de Juan Guillermo Monsalve y el exfiscal Eduardo Montealegre (considerado como víctima), contra el magistrado el magistrado Carlos Andrés Guzmán dentro del proceso que se adelanta contra el también expresidente, por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, radicaron ante el tribunal la recusación.

Además, para que un servidor de la Rama Judicial se aparte del conocimiento de un asunto, que atendidas las reglas de reparto le corresponde asumir, no basta con que las partes o intervinientes expresen que les genera “sospecha” y que no confían en que se mantendrá ecuánime al momento estudiar y resolver el caso concreto. Es necesario que medien circunstancias o elementos objetivos, de los que se pueda concluir, de manera razonable y fundada, que su criterio al resolver se verá seriamente comprometido. De lo contrario, se dejaría al arbitrio de los interesados la escogencia del juez natural; lo cual podría generar dilaciones injustificadas en el trámite del proceso penal, y entorpecería el correcto funcionamiento de la administración de justicia”, señaló el tribunal.

Precisamente, los magistrados que hacen parte de La Sala de Decisión Penal resolvieron en un fallo de nueve páginas que, “declarar infundadas las causales de recusación, invocadas en contra del magistrado ponente, doctor Carlos Andrés Guzmán Díaz”.

Contra esta decisión no procede recurso alguno, por lo que el magistrado Carlos Andrés Guzmán Díaz, podrá resolver la apelación.

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