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Reducción de la jornada Laboral: ¿qué pasa si una empresa se niega a cambio?

Desde este 15 de julio comienza la reducción de la jornada laboral en Colombia y los empleados pueden tomar acción en caso de que las empresas no la apliquen

Reducción jornada laboral inicia en julio 2023. Foto: Getty Images.

Reducción jornada laboral inicia en julio 2023. Foto: Getty Images. / Doucefleur

Desde el 15 de julio de 2023 iniciará la reducción progresiva de la jornada laboral, que fue aprobada en la Ley 2101 de 2021, en la que se estipula que los trabajadores en Colombia pasarán de 48 a 42 horas laborables durante la semana.

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Transcurridos dos años a partir de la entrada en vigor de la ley (2023), se reducirá una hora de la jornada laboral semanal. De esta forma, quedaría en 47 horas semanales desde este 2023.

Asimismo, se seguirá reduciendo una hora de la jornada laboral semanal anualmente, hasta llegar a las 42 horas semanales, a partir del cuarto año.

¿Qué pasa si una empresa no reduce la jornada laboral?

El Código Sustantivo del Trabajo resalta, en el artículo 14, que las leyes que regulan el trabajo son normas “de orden público”, “irrenunciables”, por lo tanto, empleadores y empleados deben acogerse a las disposiciones que éstas demanden.

En el caso de que una empresa o empleador se niegue a aplicar esta medida, el trabajador podrá realizar la terminación unilateral, pudiendo exigir el pago de las indemnizaciones correspondientes a un despido indirecto.

Así lo señala el CST en su artículo 63, parte B, numeral seis, cuando lista como causal justa de terminación del contrato, por parte del trabajador, “el incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del patrono, de sus obligaciones convencionales o legales”.

¿Para quiénes aplica la reducción de la jornada laboral?

Esta ley aplicará para todos los trabajadores formales en el país.

Cabe resaltar que la Ley 2101 de 2021 señala que “la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de cuarenta y dos (42) horas a la semana, que podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana”, asegura la ley.

Excepciones en la reducción de la jornada laboral

  • En trabajos insalubres y/o peligrosos, el Gobierno puede ordenar la reducción de Ia jornada de trabajo.
  • La duración máxima de la jornada laboral de los adolescentes autorizados.
  • El empleador y el trabajador pueden acordar, temporal o indefinidamente, la organización de turnos de trabajo sucesivos.
  • El empleador y el trabajador podrán acordar que la jornada semanal de cuarenta y dos (42) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo.

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