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Suspenden apartes de decreto de gobierno Duque sobre tutelas de erradicación de cultivos

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente apartes del Decreto 333 de 2021 que limitaba las tutelas sobre erradicación de cultivos de uso ilícito y le permitía al alto tribunal conocer las tutelas en contra del Gobierno Nacional en primera instancia.

Erradicación de cultivos ilícitos. (Photo credit should read RAUL ARBOLEDA/AFP via Getty Images)

Erradicación de cultivos ilícitos. (Photo credit should read RAUL ARBOLEDA/AFP via Getty Images) / RAUL ARBOLEDA

La sección primera del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Oswaldo Giraldo, suspendió provisionalmente apartes del Decreto 333 de 2021, del gobierno del expresidente Iván Duque, el cual había modificado las reglas del reparto de tutela y le permitía al Consejo de Estado conocer las tutelas en contra del Gobierno Nacional en primera instancia.

El estudio y la suspensión la hizo el alto tribunal sobre la erradicación de cultivos:

  • “Las acciones de tutela dirigidas contra las actuaciones del Presidente de la República, incluyendo las relacionadas con seguridad nacional, así como, las actuaciones administrativas, políticas, programas y/o estrategias del Gobierno nacional, autoridades, organismos, consejos o entidades públicas relacionadas con la erradicación de cultivos ilícitos”.

Con este decreto, el presidente Duque durante la pandemia eligió un juez para que conociera directamente las acciones de tutela sobre las decisiones relacionadas con la erradicación de cultivos de uso ilícito.

Pero según el proceso que estudió el alto tribunal, esta medida va en contravía de la constitución porque cualquier juez tiene la facultad de conocer las tutelas: “Artículo 86 de la Constitución Política de Colombia y del artículo 37 del Decreto ley 2591 de 1991″ el cual le da esta facultad a cualquier juez.

Por lo que el Consejo de Estado con esta suspensión provisional le devuelve la facultad a los colombianos de presentar tutelas en contra del Gobierno Nacional, en este caso sobre temas relacionados con cultivos de uso ilícito ante el juez que prefiera y no necesariamente en el Consejo de Estado como primera instancia:

Negar la medida cautelar de suspensión de la totalidad del Decreto 333 de 6 de abril de 2021, por las razones expuestas en la presente providencia”, dice el Consejo de Estado.

Y decreta la suspensión provisional de la expresión: “así como, las actuaciones administrativas, políticas, programas y/o estratégicas de(l) (…) autoridades, organismos, consejos o entidades públicas relacionadas con la erradicación de cultivos ilícitos”, del numeral 12 del artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 333 de 2021, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

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