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Consejo de Estado dejó en firme la elección de Margarita Cabello como procuradora

Según los demandantes, el expresidente Duque postuló a Margarita Cabello sin que mediara una convocatoria pública y sin publicación de resultados de los aspirantes.

Margarita Cabello, exministra de Justicia

Margarita Cabello, exministra de Justicia(Referencia / Colprensa)

La Sección Quinta del Consejo de Estado dejó en firme la elección de Margarita Cabello Blanco como procuradora general de la Nación luego de estudiar una demanda que alegaba el desconocimiento de los principios del mérito, transparencia y separación de poderes, en la conformación de la terna y la designación.

Según los demandantes Ramiro Basili Colmenares Sayago y Álvaro Jesús Silva, el expresidente de la República, Iván Duque, postuló a Margarita Cabello sin que mediara una convocatoria pública, y que la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado no publicaron resultados sobre la evaluación de las hojas de vida y las entrevistas realizadas a los aspirantes.

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Sin embargo, el Consejo de Estado encontró que la convocatoria pública, como regla general, no aplica ante la existencia de un procedimiento especial como el contemplado en el artículo 276 constitucional.

“La norma prevé que el Congreso elige al procurador general de la Nación de una terna enviada por: el presidente de la República que, como lo afirmó en el proceso la presidencia, puede presentar a su integrante de manera discrecional ante la inexistencia de un mandato que establezca un procedimiento para el efecto; la Corte Suprema de Justicia; y el Consejo de Estado, corporaciones judiciales que cuentan con reglas para dicho proceso de nominación”, enfatiza el alto tribunal.

Por lo que concluyó que no existió la violación del principio de separación de poderes; y en el proceso de elección del procurador general de la Nación participan el jefe del ejecutivo y la Rama Judicial quienes postulan los candidatos, y la rama legislativa, por medio del senado, quien perfecciona la elección.

Señaló que: “este diseño constitucional busca impedir la cooptación del mencionado órgano de control por parte de cualquiera de los poderes del Estado”.

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