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Nueva reforma laboral pondría en cinta a plataformas de reparto

Seguridad social, supervisión humana de sistemas automatizados y registro de la información son algunas de las propuestas.

Gloria Inés Ramírez, minista de Trabajo y Rappi | Fotos: Colprensa

Gloria Inés Ramírez, minista de Trabajo y Rappi | Fotos: Colprensa

Esta nueva versión de la reforma laboral pondría a responder a las plataformas digitales de reparto por la seguridad social, registro de la información y supervisión humana; temas que han sido ampliamente discutidos por los trabajadores de aplicaciones como Rappi.

Esta son la propuestas

  • Seguridad social: La plataforma digital deberá realizar los pagos correspondientes al sistema integral de seguridad social en las proporciones definidas en las normas vigentes. Podrán hacerse cotizaciones a tiempo parcial.

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Así las cosas, las plataformas pagarán el 60% de aporte a la salud y el 60% de pensión; mientras que el trabajador el 40% restante de cada uno. Otro aporte fundamental, es que las apps pagarían el 100% del aporte en riesgos laborales.

  • En esta nueva versión, el Gobierno cedió: Habrá dos relaciones de trabajo una como independiente y otra como dependiente. Quienes se identifiquen como independientes podrán trabajar con diferentes aplicaciones no podrán pactarse cláusulas de exclusividad para el desarrollo de las actividades de reparto que se realicen a través de la plataforma digital de reparto y las empresas de plataformas digitales de reparto deberán garantizar el ejercicio del derecho al descanso.
  • Registro de información: Las empresas de plataformas digitales de reparto deberán crear un mecanismo de reconocimiento de identidad plena que permita individualizar al trabajador digital en servicios de reparto. Esto será apoyado desde el ministerio de las TIC quien creará las herramientas especializadas y la coordinación deberá ser reglamentada dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley.
  • Reportes de horas: Las empresas de plataformas digitales de reparto deberán generar los reportes de horas de servicio efectivo de los trabajadores digitales a las entidades recaudadoras, acumuladas y calculadas en función del número de días o semanas de servicio efectivo. Esta información deberá ser entregada al trabajador digital en servicios de reparto al final de cada mes.
  • Supervisión humana de sistemas automatizados: Los trabajadores digitales de servicios de reparto tendrán derecho a solicitar revisión humana de cualquier decisión hecha o soportada por un sistema automatizado de toma de decisiones que impacte sus condiciones de prestación del servicio.

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