Corte absuelve a hombre por abuso sexual después de conformar familia con menor de 14 años
La Corte Suprema de Justicia absuelve a hombre que había sido condenado a 16 años de prisión, luego de embarazar a una menor de 14 años y conformar una familia.
La Corte Suprema de Justicia se pronunció a este caso. La historia ocurrió en la ciudad de Bogotá, en donde una joven de 13 años y 10 meses decidió tener una familia con un joven mayor de edad.
Cuando la madre se enteró de que su hija comenzó a tener relaciones sexuales, les pide que se asesoren en cuanto a métodos de planificación.
Acuden a la EPS Cruz Blanca en aras de recibir la instrucción respectiva. Sin embargo, a finales de ese mismo mes sospechan que la menor está en embarazo.
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Resulta que la pareja decidió tener el bebé en 2015 y el mismo año la Fiscalía imputa al joven por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado en concurso homogéneo y sucesivo ante el Juzgado 21 Penal Municipal con función de control de garantías de Bogotá: “No se allanó a los cargos ni se solicitó la imposición de medida de aseguramiento”, dice la investigación. Después de que una comisaría de familia se enterara del embarazo e interpusiera un proceso penal.
El caso llegó a casación de la Corte Suprema de Justicia que tuvo que estudiar la decisión que condenó a 16 años de prisión al joven en donde se determinó que, a pesar de que a la fecha ya llevan cuatro años con una familia conformada, el hogar fue origen de un delito:
“En efecto, la familia que surgió del abuso sexual es posterior a la consumación del delito, por tanto, no tiene ninguna incidencia en la estructuración del mismo”.
En el proceso la joven además fue sometida a la cámara Gesell, que identificó al procesado como su esposo, y afirmó que nunca ha recibido un mal trato:
“A partir de haber quedado embarazada, inicialmente vivieron en casa de su mamá, quedó embarazada a los 13 años y 10 meses aproximadamente, también que sigue estudiando y cuida de su hijo, que el padre cumple con sus obligaciones, que recibieron apoyo de las familias, y que su mamá estuvo de acuerdo porque ello redundaba en beneficio de asumir las responsabilidades y cuidado del hijo”, dice el relato de la Corte.
De todos modos, la Corte determinó que el joven no era consciente de que estaba cometiendo un acto ilícito: “no tenía conocimientos jurídicos que permitieran determinar que supiera que estaba prohibido tener una relación sexual consentida con menor de catorce años”. Por lo que tumbó la condena en su contra.