Judicial

Corte Suprema condenó a exrepresentante que exigía dinero a integrante de su UTL

Se trata de Argeneris Velásquez, acusada como coautora del delito de concusión continuado, la Corte Suprema la condenó a 10 años de prisión.

Corte Suprema de Justicia. Foto: Colprensa.

Corte Suprema de Justicia. Foto: Colprensa.(Colprensa.)

La Corte Suprema de Justicia condenó a 10 años y 6 meses de prisión a la exrepresentante Argenis Velásquez por exigir parte del salario a una integrante de su UTL. También decidió inhabilitarla por el mismo tiempo para ejercer funciones públicas y al pago de 99 SMLV para la época de los hechos.

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La exrepresentante por Putumayo, Velásquez (2014 - 2018) que también paga una condena por el ‘Cartel de la Toga’, le cobrará parte de su sueldo a una funcionaria y exigía que le fuera entregado a su esposo Edwin Chávez Jojoa.

Recordemos que la funcionaria Nohora Mercedes Rojas realizó pagos por $3.200.000 mensuales, con un total de $25.600.000. Sin embargo, esa situación finalizó en el mes de octubre de 2016, cuando se negó a seguir entregando parte de sus ingresos salariales a Chávez Jojoa reclamándole que de haber existido conocimiento previo de esa condición no hubiese apoyado a la enjuiciada en la campaña política para llegar al Congreso de la República, agregando que luego, en enero de 2017, fue declarada insubsistente.

La Corte Suprema señaló que teniendo en cuenta: “el servidor público que abusando de su cargo o de sus funciones constriña o induzca a alguien a dar o prometer al mismo servidor o a un tercero, dinero o cualquier otra utilidad indebidos, o los solicite, incurrirá en prisión de seis (6) a diez (10) años, multa de cincuenta (50) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años.”, y debido al relato y las pruebas determinó que en este caso:

“las pruebas arrimadas al proceso permiten afirmar que cuando por interpuesta persona le exigió a su colaboradora parte de su salario como condición para su ingreso y posterior permanencia en la Unidad de Trabajo Legislativo, lo hizo en pleno uso de sus facultades mentales y consciente de la prohibición de su comportamiento, sin que pueda serle desconocido para alguien que fungía como representante a la Cámara”, señaló la Corte Suprema.

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