Judicial

JEP revoca condena contra alias ‘Rafael Médico’ de las Farc en masacre de 5 personas

Los magistrados concluyeron darle la razón a la defensa, que solicitó tumbar la sentencia asegurando que no pudo participar en el secuestro y homicidio de 5 personas porque estaba detenido en la cárcel.

Miembro de las Farc, imagen de referencia | Foto: Getty Images.

Miembro de las Farc, imagen de referencia | Foto: Getty Images.

La Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) revocó la sentencia a 31 años de cárcel y la orden de captura en contra del exguerrillero de las Farc, Wladislaw Aguirre, conocido con el alias de ‘Rafael Médico’, por cuenta del secuestro y asesinato de cinco ciclistas en el Meta a manos del Frente 31 de esa guerrilla, tras señalarlos falsamente de informantes.

Los magistrados le dieron la razón a la defensa del excombatiente, quien actualmente comparece en el caso que investiga reclutamiento de menores y abortos, al coincidir en que no pudo haber participado en los hechos ocurridos en 1997 porque estuvo detenido en la cárcel de Villavicencio por rebelión entre 1996 y 1999, como certificó el Inpec.

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Además, al revisar la sentencia, para la JEP, en ningún momento ni la Fiscalía ni el juez lograron demostrar la participación o contribución del exguerrillero de las Farc en el quíntuple crimen, sino que someramente se limitaron a establecer su responsabilidad por el orden de batalla de dicho frente, del cual ‘Rafael Médico’ aseguró que tampoco pertenecía.

Incluso al tomar varios testimonios de excombatientes de dicho frente, ninguno mencionó alguna participación del exguerrillero en los hechos motivo de la investigación.

“En la sentencia de condena no existe referencia ni argumentación alguna que permita conocer la existencia de dicho plan ni mucho menos, en qué consistió el aporte del señor WLADISLAV AGUIRRE RODRÍGUEZ a la ejecución de las conductas delictivas, más aún, si en cuenta se tiene que, según consta en el expediente instruido por la justicia ordinaria, ni el delegado fiscal ni el juzgador advirtieron que para la época de los hechos el hoy compareciente se encontraba privado de la libertad”, dijo la magistratura.

La determinación se produjo en contravía del concepto de la Procuraduría, órgano de control que solicitó mantener la condena a 31 años de cárcel contra Rodríguez, concluyendo que no había elementos suficientes para desvirtuar lo fallado, habida cuenta que era posible (tras la pérdida de su cartilla biográfica en la cárcel), que hubiese podido salir de permisos y cometido allí los delitos.

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