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Versiones cruzadas en la Cancillería por licitación de pasaportes

El canciller encargado aseguró que Salazar no tiene potestad alguna para estas desiciones.

Pasaportes (Getty Images) / Carlos Andres Serna Pulido

Opiniones y realidades divididas ha dejado en el Ministerio de Relaciones Exteriores la adjudicación a Thomas Greg & Sons de la licitación para la elaboración de pasaportes en el país, decisión tomada por el saliente secretario general, José Antonio Salazar.

Por un lado, el destituido secretario Salazar, asegura que sus decisiones son firmes y se ratifica en ellas. Por el otro lado, Luis Gilberto Murillo, canciller encargado, aseguró que no hay cabida para esas decisiones. Sin embargo, en el Ministerio una resolución, le da la potestad a Salazar para tomar esta decisión.

Ante este ‘choque de trenes’ buscamos los argumentos jurídicos de las dos partes, en medio de una situación que ha atraído la atención del país.

Cancillería

En primer lugar: las competencias asignadas a Salazar, por el canciller encargado, no son de carácter retroactivo y se autorizaban decisiones desde la fecha de expedición de esta resolución. Según la Cancillería, Salazar no podía derogar una decisión ya tomada y que había cerrado el proceso con la declaratoria de desierta de la licitación.

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En segundo lugar: Salazar tomó unas decisiones arbitrarias contraviniendo incluso los principios básicos de contratación, ya que en la Cancillería no hay la reserva presupuestal que ampare la decisión. Los recursos destinados para los pasaportes están asignados al contrato vigente y a la nueva licitación. Al no contar con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal, se está asignando un contrato sin recursos que lo soporten.

Por último: Salazar no puede contradecir decisiones tomadas por superior jerárquico. En este caso las que tomó el hoy suspendido canciller, Álvaro Leyva cuando asumió la competencia el año pasado.

Por otro Salazar asegura

La adjudicación solo puede revocarse con el consentimiento del contratista por haberse creado una situación individual jurídica y concreta.

Segundo, la Resolución 2638 del 2019 contiene las delegaciones generales del Ministerio. No se citó en el encabezamiento de la revocatoria decretada, pero eso no afecta en nada la validez. Con la resolución 1344 del 22 de febrero lo que hizo fue ratificar y ampliar las competencias de Salazar.

Y tercero, la reserva presupuestal es un requisito de ejecución no de cumplimiento Art. 23 Ley 1150 del 2007 y la carga le corresponde a la Entidad contratante no al contratista. La plata está en la contratación que se libera del contrato que termina y la reservada para el proceso licitatorio que quieren continuar sin requrrirse.