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Lista de personas que pueden sacar duplicado de la cédula gratis: estos son los requisitos

Ciertos grupos poblacionales podrían ser exonerados del trámite de duplicado de la cédula en cualquiera de sus formatos, conozca cuáles son.

Trámite de duplicado de cédula de ciudadanía colombiana (Foto vía COLPRENSA)

Trámite de duplicado de cédula de ciudadanía colombiana (Foto vía COLPRENSA)

La cédula de ciudadanía es el documento de identidad de los ciudadanos colombianos, es requerida para toda clase de procedimientos, que van desde el ámbito legal y económico, hasta el reporte de sanciones, deudas o incluso el matrimonio.

Además, desde finales de 2020, la Registraduría Nacional del Estado Civil, encargada de la expedición de la cédula, se encuentra realizando la actualización hacia un formato digital que, de acuerdo a la entidad, tendría mejores prestaciones en materia de seguridad y protección frente a las falsificaciones.

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Mientras se realiza la transición hacia la cédula digital, muchas personas y asimismo, muchos trámites de diversa índole, dependen aún de la utilización de la cédula física amarilla con hologramas. Es por ello que este documento sigue siendo de vital importancia en el día a día de los ciudadanos colombianos.

Ante la necesidad del uso constante de la cédula, no resulta extraño que muchas veces esta se termine extraviando, lo cual obliga al usuario a obtener, lo antes posible, un duplicado del documento, acudiendo a las oficinas de la Registraduría.

¿Quiénes pueden obtener el duplicado gratuito de la cédula?

Aunque el costo del trámite de duplicado de la cédula física, amarilla con hologramas, tiene un costo $60.950 en el 2024, existen ciertos escenarios en los que obtener el documento podría no tener ningún costo, esto en el caso de algunos grupos poblacionales focalizados por la Registraduría.

Tenga en cuenta que este beneficio podrá ser utilizado únicamente una vez por cada solicitante. También se encuentran cobijados por esta medida los colombianos en el exterior.

Así las cosas, según lo indica la Resolución 31428 del 16 de noviembre de 2022, los grupos que son sujeto de exoneración en el pago de los trámites de duplicado y rectificación, en la tarjeta de identidad o la cédula de ciudadanía, así como copias y certificados de registro civil, son los siguientes:

  • Población desplazada por la violencia;
  • Población víctima registrada en el Registro Único de Víctimas
  • Población en el nivel de pobreza extrema, grupo A del Sisbén
  • Personal desmovilizado, en proceso de reincorporación y desvinculado
  • Personas pertenecientes a la comunidad LGBTI en condición de vulnerabilidad
  • Personas con discapacidad en condición de pobreza
  • Habitantes de calle;
  • Personas víctimas de catástrofes o desastres naturales
  • Personas repatriadas que requieran asistencia y ayuda social del Estado
  • Personas que se encuentren recluidas en los centros carcelarios y penitenciarios del país y quienes se encuentren en centros especializados para adolescentes privados de la libertad
  • Población vulnerable atendida en desarrollo de las jornadas de que trata la Resolución 2527 de 2022
  • Integrantes de las comunidades y/o pueblos indígenas de Colombia
  • Funcionarios de planta de la Registraduría Nacional del Estado Civil, su cónyuge o compañero permanente, hijos, padres y hermanos
  • En situaciones especiales valoradas por el Registrador Nacional del Estado Civil.

¿Cuáles son los requisitos?

Según establece la directriz de la Registraduría, para aplicar a la exoneración según el grupo poblacional beneficiado, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

Población Sisbén IV, todos los subgrupos pertenecientes al grupo A

La Registraduría cuenta con acceso directo a la base de datos del Sisbén con información proporcionada y actualizada por el Departamento Nacional de Planeación, DNP, donde los funcionarios pueden consultar y verificar que la persona solicitante se encuentre, efectivamente, en el grupo focalizado.

Población desplazada por la violencia y población víctima en el Registro Único de Víctimas

el Registro Único de Víctimas (RUV) a efectos de validar que ostentan dicha condición y ser objeto de exoneración del pago de duplicado y/o rectificación de documentos de tarjeta de identidad, cédula de ciudadanía y copias o certificaciones de registro civil por una sola vez, base de datos que está conformada por la información remitida por la Unidad de Víctimas.

Según la entidad, en los siguientes casos, la respuesta a la solicitud depende de delegados departamentales, registradores distritales o cónsules, por lo cual recibirá respuesta dentro de los 3 días siguientes, indicando la viabilidad de la exoneración:

Personal desmovilizado, en proceso de reincorporación y desvinculado

El solicitante debe aportar copia de la certificación expedida por el secretario técnico del Comité Operativo para la Dejación de las Armas (CODA) o copia del listado expedido por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

Persona perteneciente a la comunidad LGTBI en condición de vulnerabilidad

El solicitante debe aportar certificación original expedida por la alcaldía o personería del municipio donde reside, que indique pertenecer a este grupo poblacional con condición de vulnerabilidad.

Persona con discapacidad en condición de pobreza:

El solicitante debe aportar certificación expedida por la alcaldía o personería del municipio donde reside, que indique pertenecer a este grupo poblacional con condición de pobreza.

Persona habitante de calle

El solicitante debe aportar certificación expedida por la alcaldía o personería del municipio donde reside, que indique pertenecer a este grupo poblacional.

Personas víctimas de catástrofes o desastres naturales

El solicitante debe aportar certificación original expedida por la alcaldía, personería o gobernación donde reside, que indique pertenecer a este grupo poblacional, afectado por el correspondiente evento natural.

Personas repatriadas que requieran asistencia y ayuda social del Estado

Los solicitantes deben aportar certificación original expedida por alcaldía o personería del municipio o la gobernación donde residen, que indique dicha condición.

Personas que se encuentren recluidas en los centros carcelarios y penitenciarios del país y quienes se encuentren en centros especializados para adolescentes privados de la libertad

Los solicitantes deben aportar certificación original expedida por el director del respectivo centro carcelario, penitenciario o especializado del país que indique dicha condición.

Persona perteneciente a comunidades y/o pueblos indígenas de Colombia

El solicitante debe aportar certificación original expedida por la autoridad indígena competente, que indique pertenecer a dicho grupo poblacional.

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