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¿Quién certifica el oro? Entidad y normas establecidas para registrar lingotes de oro

Conozca la entidad y el mecanismo que debe seguir para registrar y comercializar oro. Aquí el paso a paso para la inscripción.

Lingotes de oro | Foto: GettyImages

Lingotes de oro | Foto: GettyImages / OsakaWayne Studios

El oro ha sido durante muchos años un metal precioso y muy codiciado. En civilizaciones anteriores, por ejemplo, se creía que este material tenía poderes mágicos y mitológicos, logrando satisfacer todas las demandas del momento.

Debido a su composición, se convirtió en un material ideal para las comercializaciones. Según explica el World Economic Forum, el oro no se disipa en la atmósfera, no estalla en llamas, es lo suficientemente raro como para dificultar su sobreproducción y además es maleable, lo que lo hace perfecto para acuñarlo en monedas, ladrillo y lingotes.

Aunque su valor ha cambiado, en comparación con el que tenía muchos años antes, el oro sigue siendo un elemento muy interesante y atractivo para personas de todo el mundo, de allí la importancia de verificar cuando una de estas piezas es real y asimismo, cómo poder registrarlo.

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¿Cómo certificar y registrar el oro?

En Colombia, el Banco de la República se encuentra autorizado legalmente para realizar operaciones de compra y venta de metales preciosos y, en especial, comprar el oro de producción nacional que le sea ofrecido en venta, es más, de acuerdo a la Ley 9 de 1991, la entidad es “un agente más” dentro del mercado del oro.

Según informó el banco, la infraestructura técnica instalada, le permite adquirir únicamente oro en su presentación aluvial libre, de producción nacional, es decir, aquel que ha sido extraído de los ríos, sin que haya sido sometido a “ningún tipo de modificación o tratamiento físico o químico, ya sea por extracción con mercurio, cianuro, lavado con ácidos y/o soda cáustica”.

Para poder registrar y comercializar oro, inicialmente es clave que cuente con el Registro Único de Comercializadores de Minerales (RUCOM), una medida de control, a través de la cual la Autoridad Minera publica los explotadores mineros autorizados en el país y certifica a las personas naturales y jurídicas que comercializan, consumen o benefician minerales en el territorio nacional.

Así puede inscribirse

Las personas naturales o jurídicas que compran y venden minerales de forma regular para transformarlos, beneficiarlos, distribuirlos, intermediarlos, exportarlos o consumirlos, deberán inscribirse bajo el rol de COMERCIALIZADOR, directamente desde la plataforma RUCOM.

Deben inscribirse en el RUCOM bajo el rol de CONSUMIDOR las personas naturales o jurídicas que consuman minerales en cantidades mayores a los volúmenes establecidos en la Resolución 396 de 2015 así:

Registro en la plataforma:

  • Ingrese a la página web de la ANM www.anm.gov.co
  • Seleccione la opción “Servicios en línea”. Seleccione la opción “3. RUCOM-Listado de Solicitantes”.
  • Seleccione la opción “acceso a la aplicación”.
  • Selecciones la opción “Nuevo usuario”. El Sistema solicitará alguna información básica, la cual debe ser diligenciada por el usuario.

Requisitos para venderle oro al Banco de la República

De acuerdo al Banrep, los requisitos que exige para la compra de oro se dividen en varias categorías, dependiendo del actor del mercado, y son:

Requisitos generales que aplican a todos los vendedores de mineral de oro al Banrep:

Requisitos adicionales para barequeros (quienes extraen el oro de los ríos):

  • Imagen legible de la cédula de ciudadanía
  • Declaración de Producción Mineros de Subsistencia. Formato elaborado por la Agencia Nacional de Minería (ANM) y que emite el explotador minero autorizado para certificar la procedencia lícita del mineral.
  • Certificado de inscripción como vecino del lugar ante la alcaldía del municipio donde procede el mineral (será válido por un año).

Requisitos adicionales para miembros de Área de Reserva Especial (ARE)

  • Debe cumplir los mismos requisitos señalados anteriormente para los barequeros e incluir adicionalmente la Resolución que delimita el ARE y autoriza su explotación.
  • Certificado de Cámara y Comercio, si el ARE ha sido constituida como persona jurídica

Requisitos adicionales para comerciantes (persona natural o jurídica)

  • Imagen legible de la cédula de ciudadanía del comerciante o representante legal de la firma comerciante según corresponda.
  • Certificado de Cámara y Comercio de la firma comerciante.
  • Estados financieros de los dos últimos años debidamente firmados por contador público matriculado.
  • Formulario para Declaración de Producción y Liquidación de Regalías y Compensaciones por Explotación de Minerales, debidamente diligenciado
  • Declaración de producción emitida por cada uno de los Explotadores Mineros Autorizados a quienes adquirió el mineral que desea vender al Banrep para certificar su procedencia lícita.
  • Listado donde relacione los datos de los barequeros y las cantidades de mineral que compró a cada uno de ellos por el total del mineral que desea vender al Banrep.
  • Llave generada desde la plataforma de la ANM que contiene el registro de las transacciones que soportan la cantidad de oro que desea vender al Banrep. IMPORTANTE: La llave NO debe estar registrada por el comerciante que realiza la transacción de venta del mineral, por lo tanto, debe permanecer libre de registro y tendrá que ser entregada al Banrep el día en que se realice la venta del metal.
  • Si el mineral ofertado por el comerciante fue adquirido a terceros que correspondan a Áreas de Reserva Especial, debe adjuntar las facturas de compra o el contrato comercial que soporta el mineral ofertado.

Requisitos adicionales para Titulares Contrato de Concesión (persona natural o jurídica)

  • “Imagen legible de la cédula de ciudadanía
  • “Registro Único Tributario (RUT).
  • “Certificado de Cámara y Comercio de la firma comerciante.
  • Copia del contrato de concesión
  • Copia del pago de las regalías, de no contar con dicho pago, el Banco está en la obligación de liquidar y retener el valor de las regalías al momento de adquirir el mineral.
  • Declaración de Producción en el formato elaborado por la Agencia Nacional de Minería (ANM) según lo establece el Decreto 0276 del 17 de febrero de 2015, que emite el Explotador Minero Autorizado para certificar la procedencia lícita del mineral.
  • Formulario para Declaración de Producción y Liquidación de Regalías y Compensaciones por Explotación de Minerales, debidamente diligenciado

Requisitos adicionales cuando se trata de vendedor con poder

  • El documento con el que otorga del poder especial, amplio y suficiente al tercero para realizar la venta. Este tendrá reconocimiento de firma y contenido ante notario. En el citado poder se debe precisar que la autorización se otorga por una sola vez, incluir la cantidad a vender tanto en letras como en números, así como la identificación de la persona autorizada. El poder debe tener fecha de expedición de máximo 3 meses al momento en el que se presentan los documentos.
  • Todos los requisitos documentales exigidos de acuerdo a la categoría de vendedor a la que pertenece según lo descrito en los numerales anteriores.
  • Imagen legible de la cédula de ciudadanía del apoderado.
  • El día de la venta, el apoderado deberá presentar todos documentos mencionados en los puntos anteriores.

Tenga en cuenta que si el vendedor es no contribuyente al impuesto de renta o si la entidad que realiza la venta es autorretenedora, debe adjuntar copia de la Resolución o Norma que lo certifica como tal.

Si pertenece a una categoría de vendedores diferente a las señaladas anteriormente y desea vender el oro al Banrep, deberá indicar a cuál pertenece a través del Sistema de atención al ciudadano con el fin de elevar la respectiva consulta a la ANM e informarle los requisitos documentales exigibles.

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