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Fallo histórico: Madre de nacido por vientre de alquiler debe aparecer en registro civil

W Sin Carreta conoció el fallo de un juez que defendió el derecho de una madre de mantener su nombre en el Registro Civil de un nacido por vientre de alquiler.

Fallo histórico: Madre de nacido por vientre de alquiler debe aparecer en registro civil

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W Sin Carreta conoció un fallo del Juzgado 38 de Familia que negó el requerimiento del ciudadano dinamarqués, Jonas Hedegaard Ydemann, quien buscaba impugnar la maternidad de la colombiana Kelly Yohana Jaimes sobre un menor que nació mediante un contrato de gestación subrogada.

Según la jueza, la mujer que alquiló su vientre tiene el derecho de que su nombre aparezca en el registro civil del bebé.

La información expresa que, en octubre de 2023, una prueba de ADN arrojó que Kelly Jaimes no era la madre biológica del recién nacido ni aportó material genético, sin embargo, su rol como madre gestante no puede ser desvirtuado, ya que su cuerpo fue parte crucial en el sistema reproductivo y la carga sanguínea para su gestación.

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¿Cuáles fueron los argumentos de la juez?

  1. La madre que da a luz ES madre biológica. La ciencia y la tecnología al separar el proceso de reproducción humana en dos, la fecundación y la gestación, creo dos madres biológicas: la dueña del material genético y la madre gestante.
  2. Las parejas extranjeras que vienen a Colombia y alquilan mujeres para que gesten embriones creados a partir de un óvulo anónimo y esperma de uno de los miembros de la pareja, no cumplen los requisitos de la sentencia T-968 de 2009 de la Corte Constitucional, como sufrir problemas de infertilidad.
  3. El alquiler de vientres no está regulado en Colombia, por lo tanto, mientras no se haga estamos frente a un caso claro de pluriparentalidad, único medio que garantiza los derechos fundamentales de los niños y niñas nacidos a través del alquiler de vientres.

¿Cómo funciona el vientre de alquiler en Colombia?

En Colombia, prácticas como el vientre de alquiler han ido en aumento porque existen algunas empresas que, a través de internet, ofrecen a los extranjeros esta alternativa, ciudadanos de países europeos son unos de los que más han atendido este llamado.

Sobre el caso, según el Juzgado, el nombre de la madre solo puede ser retirado de un registro civil en dos casos:

  • Cuando existió un falso parto.
  • Cuando hubo suplantación del menor.

En W Sin Carreta conversamos con Francisco Bernate, abogado de la Universidad del Rosario, quien mencionó que estos eventos están permitidos en Colombia porque no hay una regulación sobre ellos.

“En este caso se debate el tema de si la madre cuenta con el derecho de aparecer en el Registro Civil, el Juzgado considera que si, que tiene el derecho a aparecer dando lugar a la ‘pluripaternidad’, es decir, tendrá en su registro dos madres y un padre”, aseguró.

Divar Ortiz

Divar Ortiz

Comunicador Social – Periodista de la Universidad del Quindío con habilidades en creación de contenidos...

 

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