JEP rechazó sometimiento del exalcalde de Aguazul, José Mauricio Jiménez
El exalcalde fue condenado por la justicia ordinaria por la desaparición forzada de dos ciudadanos con la participación de grupos paramilitares.
Jurisdicción Especial para la Paz - JEP. Foto: Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images / NurPhoto
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento de José Mauricio Jiménez Pérez, exalcalde de Aguazul (Casanare), al determinar que no aportó verdad plena ni suministró información novedosa o relevante que permitiera esclarecer los patrones macrocriminales que afectaron a la población de Casanare durante su mandato (2001-2003).
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Jiménez fue condenado en 2011 por el Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá a 29 años de prisión por la desaparición forzada de Luis Ariel Bernal López y Ariel Rojas Moreno, como autor por omisión, y por concierto para delinquir agravado en calidad de autor.
Además, recibió una inhabilidad de 13 años para ejercer cargos públicos. Por estos hechos, cursa también una investigación disciplinaria en la Procuraduría relacionada con las desapariciones forzadas.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP concluyó que Jiménez Pérez “no brindó información que permitiera revelar con claridad cómo se desarrolló su connivencia con las autodefensas, ni aportó datos que permitieran esclarecer los vínculos o reuniones que sostuvo con Héctor Germán Buitrago Parada (‘Martín Llanos’), exjefe de las Autodefensas Campesinas del Casanare (ACC)”.
Según la justicia transicional, el relato del exalcalde tampoco aportó elementos que ayudaran a identificar patrones criminales relacionados con violaciones de derechos humanos cometidas por las ACC contra la población civil de Aguazul durante su administración. En consecuencia, la Sala determinó que Jiménez incumplió el régimen de condicionalidad, lo que le impide acceder a beneficios o tratamientos especiales de la JEP, incluida la aceptación de su sometimiento.
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La decisión también subraya que el exfuncionario “tuvo amplias oportunidades para entregar información que superara el umbral de verdad ya establecido por la justicia ordinaria, pero no hizo ningún aporte idóneo”. Por el contrario, sus versiones fueron calificadas como vagas e imprecisas, sin aportar datos que permitieran profundizar en las circunstancias de tiempo, modo y lugar, ni en la identificación de otros responsables.
Por ello, la Sala ordenó remitir el expediente de Jiménez Pérez a las autoridades ordinarias competentes, recordando que existe una orden de captura vigente emitida por el Juzgado 17 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. En cuanto al proceso disciplinario, el expediente fue devuelto a la Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos.
Juan Esteban Quintero
" Comunicador social y periodista con especialización..." Comunicador social y periodista con especialización en narrativas digitales, ambos títulos de la Universidad Sergio Arboleda. Actualmente cubre temas de paz, derechos humanos y medio ambiente.