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¿En qué momento un contrato de trabajo a término fijo se convierte en indefinido?

Se cree que tras cierto número de renovaciones o al cabo de cierto plazo, el contrato a término fijo automáticamente se convierte en indefinido. Pero esto es falso.

La figura de contrato de trabajo a término fijo se caracteriza por ser aquel en el que ambas partes acuerdan una duración limitada en el tiempo. Foto: Getty Images / WERA RODSAWANG

La figura de contrato de trabajo a término fijo se caracteriza por ser aquel en el que ambas partes -empleador y empleado- acuerdan una duración limitada en el tiempo, con un plazo máximo de tres años.

No obstante, este contrato puede ser renovado tantas veces como lo decidan las partes por un periodo igual al anterior. Esto significa que, a pesar de que no se puede firmar un contrato a término fijo por cuatro años (o más), uno de tres años (o menos) se puede renovar o prorrogar: ya sea por un año o por el mismo tiempo.

El Código Sustantivo del Trabajo, en su artículo 46, lo determina de la siguiente manera:

  1. El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero es renovable indefinidamente.
  2. Si antes de la fecha de vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente.
  3. No obstante, si el término fijo es inferior a un (1) año, únicamente podrá prorrogarse sucesivamente el contrato hasta por tres (3) períodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un (1) año, y así sucesivamente.

Tanto empleados como empleadores tienen presente que después de un cierto número de renovaciones o al cabo de cierto plazo, el contrato a término indefinido automáticamente se convierte en indefinido. Sin embargo, esto es falso.

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, ha emitido dos sentencias al pronunciarse al respecto:

  1. Sentencia 45555 del 3 de mayo de 2017: “(…) la sucesiva renovación del contrato laboral a término fijo, no lo trasfigura en uno a término indefinido”.
  2. Sentencia 48879 del 19 de octubre de 2016: “(…) el contrato de trabajo a término fijo no pierde su esencia ni cambia a la modalidad de indefinido por el hecho de que se prorrogue varias veces, como lo propone la censura”.

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¿EL CONTRATO A TÉRMINO FIJO NO PUEDE CONVERTIRSE EN INDEFINIDO?

Sí puede, bajo tres casos específicos:

  • Acuerdo expreso entre las partes: Empleador y empleado pueden suscribir un otrosí o liquidar el contrato a término fijo y firmar un nuevo contrato a término fijo.
  • Renovación por una duración menor a la que fija la ley: Solo se puede renovar tres veces durante un año. A partir de la cuarta, no puede ser en un periodo inferior a un año.
  • Firma de contrato a término fijo por una duración superior a la que fija la ley: Al suscribir un contrato de trabajo con duración superior a tres años, por no ajustarse a la ley, se considerará bajo la figura de contrato a término indefinido.