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Investigan a cuatro puertos por deficiencias en escáneres de inspección de carga

Los equipos que habrían fallado son los encargados de evitar el contrabando, el tráfico de estupefacientes y el comercio ilegal de armas en los puertos, entre otros.

La Superintendencia de Transporte imputó cargos en contra de cuatro sociedades portuarias. Foto: Getty Images / RAUL ARBOLEDA

La Superintendencia de Transporte imputó cargos en contra de cuatro sociedades portuarias. Foto: Getty Images / RAUL ARBOLEDA(Thot)

La Superintendencia de Transporte imputó cargos en contra de cuatro sociedades portuarias porque presuntamente no habrían implementado y puesto en funcionamiento, de manera continua y permanente, los escáneres de inspección no intrusiva. Estos aparatos son utilizados para evitar el contrabando, el tráfico de estupefacientes y el comercio ilegal de armas, entre otros.

A los puertos a los que se les abrió investigaciones son: la Sociedad Portuaria Regional de Barranquilla S.A., el Terminal de Contenedores de Buenaventura S.A., la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura S.A. y la Sociedad Puerto Industrial de Aguadulce. Todos hacen parte de los principales puertos de Colombia.

Seguido a esto, se explicó por parte del ente de control y vigilancia que, para asegurar el cumplimiento del proceso de inspección, las sociedades que tengan concesión sobre el puerto deben implementar en sus instalaciones, y mantener en total operatividad, equipos de inspección no intrusiva que ayuden a las autoridades de control a garantizar una correcta inspección de las cargas que llegan y salen del puerto.

Al realizar la revisión sobre los equipos que deben cumplir con la tarea anteriormente descrita, la Superintendencia de Transporte evidenció estos habrían presentado fallas en su funcionamiento, ocasionando que su operación se interrumpiera en algunos periodos de tiempo, o que su actividad se redujera en condiciones diferentes a las óptimas requeridas para la prestación del servicio.

Ante el escenario, el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón, dijo “estas aperturas de investigaciones responden al presunto comportamiento desplegado por las mencionadas sociedades, que habría afectado la prestación del servicio de inspección no intrusiva de la carga. Vamos a seguir vigilando de cerca las obligaciones de las sociedades portuarias”.

Frente a las cuatro investigaciones iniciadas por la entidad, en caso de corroborarse que las sociedades infringieron las normas del régimen portuario, se podrán imponer multas hasta por el equivalente de 35 días de ingresos brutos del infractor, calculados con base en sus ingresos del mes anterior a aquel en el cual se imponga la multa; también se podrá ordenar la suspensión temporal del derecho a realizar actividades en los puertos.

Finalmente, se expuso que contra los actos administrativos de apertura de investigación de la Superintendencia de Transporte no procede ningún recurso.

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