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Modifican decreto con el que se podrían reabrir plantas de sacrificio animal en el país

Según el ministro de Agricultura, Andrés Valencia, esta modificación permite atacar la ilegalidad y no desincentivar la inversión privada en las plantas de sacrificio animal.

El ministro de Agricultura, Andrés Valencia. Foto: Colprensa

El ministro de Agricultura, Andrés Valencia. Foto: Colprensa(Thot)

Con el propósito de asegurar el abastecimiento y la inocuidad en las plantas de sacrificio animal de los diferentes municipios del país, el ministro de Agricultura, Andrés Valencia, informó que se publicó el Decreto 1975 de 2019, el cual modifica el Decreto 1500, lo que según la misma cartera, se enfoca en tres objetivos básicos: el primero, asegurar el abastecimiento y la inocuidad de los alimentos; el segundo, atacar la ilegalidad; y el tercero, no desincentivar la inversión privada que ha cumplido con los requisitos del Decreto.

Este Decreto, el cual también firmaron el ministro de Salud y protección Social, Juan Pablo Uribe; el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Juan Manuel Restrepo; y la ministra de Transporte, Ángela María Orozco, fue recibido por congresistas, Secretarías de Agricultura y autoridades locales como una noticia positiva.

Según lo expuesto por la cartera agrícola, específicamente este documento le permitirá al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, hacer la verificación sanitaria y establecer los lineamientos para la emisión del concepto sanitario por parte de la entidad territorial para las actividades de expendio, almacenamiento y transporte de carne y productos cárnicos comestibles y revisar en caso de ser necesario el número de cabezas de ganado permitido y el rango de municipios que se pueden atender.

Otro de los temas establecidos en la modificación del Decreto 1500 es definir los lineamientos para la reclasificación de las plantas de beneficio ubicadas en municipios de categoría cinco y seis, y convertirlas en plantas de autoconsumo. Esto siempre y cuando no existan plantas de beneficio de categoría nacional en estos municipios y teniendo en cuenta las condiciones de abastecimiento en el municipio.

Con lo dicho anteriormente, se resalta en la modificación que el Invima tendrá la potestad de emitir un concepto sanitario de funcionamiento como mecanismo de transición, mientras las plantas de beneficio obtienen la autorización sanitaria de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 1500.

Sin embargo, las plantas de beneficio tendrán un plazo de 24 meses para tramitar y obtener las autorizaciones sanitarias a partir de la publicación de los lineamientos definidos por la entidad.

Finalmente, el ministro Valencia Pinzón agregó que otro de los propósitos de este documento es mejorar las condiciones sanitarias de las plantas de beneficio en los municipios categoría 5 y 6, y por tanto, mejorar el estatus sanitario del país.

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