Judicial

Revocan fallo que declaraba ilegal la elección del alcalde de Pereira, Carlos Maya

Según el Consejo de Estado no es posible probar con certeza que, de cara a la elección del nuevo alcalde existió corrupción desde la administración municipal.

Fallo que declaraba ilegal la elección del alcalde de Pereira, Carlos Maya . Foto: Getty Images

Fallo que declaraba ilegal la elección del alcalde de Pereira, Carlos Maya . Foto: Getty Images(Thot)

La Sección Quinta del Consejo de Estado revocó la nulidad de la elección de Carlos Alberto Maya López, como alcalde del municipio de Pereira para el periodo 2020 -2023 y la cancelación de sus credenciales, y en su lugar negó las pretensiones de la demanda.

Con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, la Sala Electoral consideró que, contrario a lo decidido en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Risaralda, no es posible probar con certeza que de cara a la elección del nuevo alcalde existió corrupción desde la administración municipal o que, con supuesto conocimiento del demandado, se constriñó a empleados y contratistas para registrar “referidos” en una app llamada “Kontacto”

Es claro para la Sala que, de las pruebas que existen en el proceso, no es posible concluir que se hubiera afectado la libertad de voto de los electores, con el uso de la mencionada herramienta tecnológica, pues esta contenía solamente nombres y datos de contacto y lo máximo que se puede establecer es que se trata de una base de datos con fines de propaganda electoral.

Tampoco se puede asegurar que dicha actividad la estuviesen desarrollando algunos funcionarios de la Alcaldía, con conocimiento o a solicitud del entonces candidato, después alcalde electo. Además, se presentaron grabaciones entre servidores públicos que son ilícitas por haber sido obtenidas sin consentimiento y no pueden ser tenidas en cuenta.

Por otra parte, los testimonios contenidos en el proceso permiten inferir, cuando más, una indebida participación en política de varios servidores de la Alcaldía de Pereira, pero no constreñimientos sistemáticos a empleados y contratistas como se aseguró. Tampoco se evidencian actividades individuales específicas que pretendieran afectar la voluntad de los electores cuyos datos de contacto estaban incluidos en la aplicación “Kontacto”.

La similitud entre este caso y el de la exsenadora Aida Merlano, referida en primera instancia por el tribunal, no existe en concepto de la Sala, pues en aquel caso se encontraron pruebas de la existencia de una empresa criminal orientada a la compra de votos, pero, en el caso del alcalde de Pereira, no se demostró la afectación de la libertad del voto de los ciudadanos en las elecciones del 16 de mayo de 2019.

Coincidió la Sala Electoral con el Tribunal Administrativo de Risaralda, en que no pueden tenerse en cuenta las publicaciones de los medios de comunicación como pruebas, porque no cumplen con los requisitos técnicos mínimos requeridos para ser considerados dentro del proceso.

Por todo lo anterior, la Sección Quinta revocó la sentencia de primera instancia que había anulado la elección y le había cancelado sus credenciales al alcalde del municipio de Pereira, el señor Carlos Alberto Maya López.

La magistrada Rocío Araújo Oñate anunció que aclarará el voto respecto a la necesidad de vinculación del Consejo Nacional Electoral - CNE en este caso.

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