Economía

Los nuevos beneficios que tendrían carteles empresariales que colaboren

Este borrador de decreto se conoce en medio de la investigación de la SIC a equipos de fútbol colombianos por prácticas anticompetitivas.

Los nuevos beneficios que tendrían carteles empresariales que colaboren

Los nuevos beneficios que tendrían carteles empresariales que colaboren / Shannon Fagan

Colombia

En medio de la investigación que adelanta la Superintendencia de Industria y Comercio por presuntos actos anticompetitivos en el fútbol profesional, el Gobierno publicó un borrador de decreto para modificar los beneficios a los que se pueden acoger quienes practiquen o denuncien este tipo de conductas y colaboren.

Con esto buscan permitir la solicitud de beneficios en un mayor número de conductas, aumentar los beneficios a los delatores que presenten solicitud de ingreso desde antes de la apertura de una investigación administrativa, establecer el número máximo de delatores que podrán ser beneficiarios del mismo y dar cuenta de los beneficios adicionales que podrán recibir en caso de delatar la existencia de más de una conducta que viola las normas de protección de la competencia.

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Específicamente allí se establece que cuando la solicitud de ingreso al programa se presente hasta el día antes de la fecha de expedición del acto administrativo de apertura de investigación y formulación de pliego de cargos, al primer solicitante se le otorgará la exoneración total de la multa a imponer.

En el caso de que la solicitud de ingreso al programa se presente el día de la fecha de expedición del acto administrativo de apertura de investigación y formulación de pliego de cargos, o con posterioridad a la misma, al primer Solicitante se le otorgará una reducción de hasta el treinta por ciento (30%) de la multa a imponer, de acuerdo con la utilidad de la información y las pruebas aportadas en el trámite de la delación.

Para entrar a este programa deben:

1. Reconocer la participación en la conducta contraria a la libre competencia.

2. Suministrar información, por lo menos sucinta, sobre la existencia de la conducta contraria a la libre competencia, su forma de operación, el producto o servicio involucrado, y los participantes en la misma.

Además, se establece que hay un beneficio adicional por delatar la existencia de otras conductas contrarias a la libre competencia

Hay que recordar que las solicitudes de beneficios por colaboración podrán presentarse hasta antes del vencimiento del término de los veinte días para descorrer el traslado del pliego de cargos, y solicitar o aportar pruebas dentro de la investigación por la presunta comisión de una conducta anticompetitiva.

Eso sí, allí se aclara que las solicitudes de beneficios por colaboración presentadas antes de que entre en vigencia este decreto se regirán por las disposiciones vigentes al momento de realizarse esas solicitudes.

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