¡Ojo! Estos son los cargos que están exentos de la Ley de Desconexión Laboral
Si usted tiene algún tipo de contrato de confianza, no está cobijado con la Ley de Desconexión Laboral.
Nicolás Yemail, abogado, pasó por los micrófonos de W Radio para dar detalles y explicar de la Ley de Desconexión Laboral, la cual busca que se respeten los espacios de los empleados en su día a día.
Yemail aseguró que, en medio de la pandemia, el teletrabajo incrementó la cantidad de trabajo en horas extralegales de los colombianos, por lo que dicha ley quiere blindar los derechos de los trabajadores.
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Y aunque la Ley de Desconexión Laboral pretende que las personas tengan “armonía entre su vida profesional y la personal”, como mencionó el experto, hay ciertos contratos que no están cobijados con esta norma.
“Son los cargos que tienen la obligación de estar disponibles, deben estar prestos al llamado del empleador. Es decir, claro que tienen una jornada, pero por cualquier circunstancia deben estar atentos a si lo requieren”, señaló.
“Usualmente son cargos en los que, si llega a pasar algo de última hora en la empresa, deben solucionarlo porque estaría en riesgo el funcionamiento del empleador o la compañía”, agregó.
¿A cuáles cargos no les aplica la Ley de Desconexión Laboral?
Según el experto son tres:
Cargos de dirección: “tiene la facultad de tomar decisiones en la empresa”.
Cargos de confianza: “son trabajadores en los que hay una confianza cualificada porque tienen ciertos intereses económicos y patrimoniales delegados por el empleador”.
Cargos de manejo: “son los que tiene a su cargo recursos económicos, administrativos o financieros”.
Cabe resaltar que este tipo de cargos están excluidos de la jornada máxima legal: “cuando ellos trabajan por más de la jornada no se les pegan los recargos por horas extras”.