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Cédula digital: ¿cuánto cuesta y cómo tramitarla?

Conozca todos los detalles del trámite de la cédula digital y cuál es su propósito.

Cédula digital. Foto: Colprensa.

Cédula digital. Foto: Colprensa.

De acuerdo con la Registraduría la cédula digital se tramita únicamente para el dupublicado y el documento será activado en un dispositivo móvil iOS y Androind.

Según explica la entidad este mecanismo de identificación permite acceder a diferentes servicios de manera rápida, ágil y confiable garantizando la seguridad de los datos de los usuarios.

“Colombia requiere de una identificación que permita habilitar el acceso a los servicios ciudadanos digitales del Estado y a las demás entidades que prestan servicios a través de internet. La cédula digital será la llave de acceso”, señala la Registraduría.

¿Cómo realizar el trámite?

  • Ingrese a la página que la entidad puso a disposición (ceduladigital.registraduria.gov.co) y solicite su cita para la cédula digital. Tenga en cuenta que este enlace no aplica para agendar citas para tramitar la cédula amarilla con hologramas.
  • Registe sus datos personales, lugar y hora de la cita y medio de pago. Si realizó el pago presencial debe presentar el comprobante de pago. Si desea pagar por PSE ingrese la información relacionada con su cuenta y realice la consignación.
  • Una vez aprobado recibirá un correo electrónico donde se confirmará su cita.
  • Asista a la cita en la Registraduría. Allí le tomarán sus datos biográficos y biométricos. Adicional a esto se le solicitará su número de celular y correo electrónico, al cual le enviarán su contraseña digital.

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¿El uso de la cédula digital será obligatorio?

Según la Registraduría la nueva cédula digital será una opción para aquellos colombianos que, voluntariamente, la requieran mediante el trámite de duplicado.

¿Cuánto cuesta la cédula digital?

La nueva cédula digital tiene un valor de 55.750 pesos.

¿Los organismos públicos y privados están obligados a aceptar la cédula digital?

De conformidad con la Constitución y la Ley, “los documentos de identidad expedidos por la Registraduría Nacional del Estado Civil son los únicos que acreditan la identidad de los colombianos y, por ende, deben ser reconocidos y avalados por las diversas autoridades, pues no tienen sustituto”, señala la entidad.

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