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Pilas pensionados, ya arrancó el pago de la mesada 14: así lo confirmó MinDefensa

El Consejo de Estado precisó que la restitución de la mesada 14 a los pensionados de las Fuerzas Militares no fue por presiones.

Veteranos de las fuerzas militares. Foto: Juancho Torres / Anadolu Agency / Getty Images

Veteranos de las fuerzas militares. Foto: Juancho Torres / Anadolu Agency / Getty Images / Anadolu Agency

La Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva del Ministerio de Defensa Nacional dio a conocer que ya está ingresando el dinero en las cuentas bancarias de los presionados de la Fuerza Pública que recibirán su mesada adicional o ‘mesada 14′, como se conoce, que estaba suspendida tras unas medidas cautelares ante el Consejo de Estado. Sin embargo, en la tarde de este 14 de julio ya empezó a hacerse el desembolso.

En contexto:

Aunque, el Ministerio de Defensa había señalado que resultaba jurídicamente improcedente el pago de la mesada adicional o mesada 14, hasta que se resolviera definitivamente la nulidad que cursa ante el Consejo de Estado en contra del acta del 22 de abril de 2014, por medio de la cual se decide sobre el pago, lo cierto es que tras la decisión del Consejo de Estado, el dinero tendrá que ser desembolsado.

“A partir de ahora, empiezan a hacerse todas las actividades necesarias para realizar el pronto pago, con toda la actividad que veníamos desplegando. Incluso, veníamos preparando un proyecto de acto legislativo en el evento de haber resultado negativo, es la demostración de nuestra preocupación por el Bienestar de la Fuerza Pública, explicó el ministro de Defensa.

El Consejo de Estado precisó que la restitución de la mesada 14 a los pensionados de las Fuerzas Militares no fue por presiones. El alto tribunal recalcó que resolvió una solicitud presentada por un número plural de ciudadanos que acudieron al proceso en condición de coadyuvantes.

“En esa línea, se recuerda que, de acuerdo con el diseño constitucional e institucional colombiano, y en virtud del principio de separación del poder público, a los jueces de la República les corresponde prestar el servicio esencial de justicia con independencia y autonomía, sus decisiones no están sometidas a insinuaciones, recomendaciones, exigencias, determinaciones o consejos por parte de otros órganos del poder público, como que, tampoco pueden estar determinadas por las presiones de los grupos que expresan inconformidad con la decisión”, señaló el Consejo de Estado.

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