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ABC del Día sin Carro el 21 de septiembre: A qué hora inicia, excepciones y lo último

Prográmese y conozca todos los detalles de la jornada del Día sin Carro para que evite sanciones y multas.

Día sin carro y moto en Bogotá. Imagen de referencia (Chepa Beltran/Long Visual Press/Universal Images Group via Getty Images) / Long Visual Press

Día sin carro y moto en Bogotá. Imagen de referencia (Chepa Beltran/Long Visual Press/Universal Images Group via Getty Images)

La Secretaría de Movilidad de Bogotá informó, a través de sus canales de comunicación, que la jornada de Día sin carro y moto en la capital del país se realizará el próximo jueves 21 de septiembre, desde las 5:00 a.m. hasta las 9:00 p.m., en el marco de la ‘Semana de la Bicicleta’.

Esta jornada se había programado originalmente para el viernes 22 de septiembre, con la finalidad de sumarse a la conmemoración internacional del Día sin Carro, sin embargo, según Alfredo Bateman, secretario de Desarrollo Económico, la decisión fue tomada en atención a las peticiones de los gremios económicos Asobares, Acodres, Fenalco, puesto que estos consideran que la jornada podría afectar el desempeño de su sustento económico en dicha fecha.

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¿Qué vehículos NO podrán circular en la jornada?

Además de vehículos con permiso de pico y placa solidario, no pueden circular durante la jornada:

  • Carros y motos
  • Taxis con pico y placa (placas terminadas en 9 y 0)
  • Vehículos híbridos
  • Vehículos dedicados a gas
  • Vehículos blindados que no son de la UNP
  • Vehículos de carga con restricciones establecidas (Decretos 840 de 2019 y 077 de 2020)
  • Vehículos de medios de comunicación con placa amarilla

¿Cuáles son las excepciones?

No obstante, hay algunos vehículos que sí tendrán la posibilidad de transitar este día, a continuación, la lista:

  • Vehículos y motos eléctricas
  • Transporte para personas con discapacidad
  • Rutas escolares
  • Vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros
  • Motos que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio
  • Vehículos de servicio públicos domiciliarios
  • Motocicletas de vigilancia y seguridad privada
  • Transporte público
  • Vehículos de emergencia
  • Vehículos para el control de tráfico
  • Caravana presidencial
  • Vehículos militares, Policía Nacional, de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá, incluyendo motocicletas, así como vehículos que estén acompañados por esquemas de seguridad de la Policía Nacional.
  • Vehículos de servicio diplomático o consular.
  • Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección
  • Carrozas fúnebres
  • Vehículos para el control operacional y mantenimiento del SITP.
  • Control de emisiones
  • Transporte de valores
 

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