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Caso Ramiro Suárez Corzo: Medicina Legal advierte que no puede seguir privado de libertad

W Radio conoció los detalles del informe que establece que el exalcalde de Cúcuta no puede por sí solo caminar, desplazarse para ir al baño, ni mucho menos asearse. Tiene siete enfermedades graves.

Ramiro Suárez Corzo. Foto: Colprensa.

Ramiro Suárez Corzo. Foto: Colprensa.

W Radio conoció en exclusiva el dictamen del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en el que se advierte que el estado de salud del exalcalde de Cúcuta Ramiro Suárez Corzo es grave y que no puede seguir privado de la libertad.

El documento médico forense de cinco páginas describe las siete enfermedades que padece y la incapacidad que presenta para movilizarse y cumplir con las actividades básicas, es decir por sí solo no puede desvestirse, bañarse, ir al baño, vestirse, desplazarse ni caminar.

Adicionalmente, se específica que necesita asistencia permanente de una persona idónea.

W Radio conoció que el examen médico legal se practicó el pasado 18 de diciembre y en él se evidenció que Suárez Corzo, presenta los siguientes padecimientos y que estos requieren un tratamiento integral de primer nivel, tener acceso al servicio de urgencias en caso de descompensación entre otros.

  1. MIOSISTIS POR CUERPOS DE INCLUSIÓN
  2. DEPENDENCIA SEVERA PARA REALIZAR SUS ACTIVIDADES BASICAS DE LA VIDA DIARIA (BARTHEL EN 35 PUNTOS)
  3. SINDROME DOLOROSO CRONICO
  4. HIPERTENSIÓN ARTERIAL SISTEMICA CONTROLADA
  5. DIABETES MELLITUS TIPO I CONTROLADA
  6. DISLIPIDEMIA MIXTA
  7. TRASTORNO DE INICIO YMANTENIMIENTO DEL SUEÑO

Igualmente, Medicina Legal concluyó que “como hallazgo positivo presenta disminución severa de la fuerza muscular y sensibilidad en miembros inferiores y miembro superior izquierdo, arreflexia, atrofia muscular, hipotonía en miembros inferiores, dolor referido a los arcos de movilidad pasivo de extremidades inferiores, no hay prensión o agarre en mano izquierda, con dependencia severa para realizar sus actividades básicas de la vida diaria por escala de Barthel en 35 puntos”.

Debido a esto, Medicina Legal hace las siguientes recomendaciones

  • Garantizar de forma continua los medicamentos ordenados por los médicos tratantes, así como las condiciones de dieta prescrita por Nutrición y Dietética.
  • Requiere valoración, manejo y seguimiento médico especializado por MEDICINA INTERNA, NEUROLOGIA, FISIATRIA cumpliendo a cabalidad a lo ordenado por estas especialidades: laboratorios, paraclínicos, estudios de imágenes, formulación de medicamentos, dietas, terapias, interconsultas, etc., así como los controles médicos con la periodicidad que ellos determinen.
  • De igual manera manejo integral por su servicio de salud asignado de primer nivel de atención y tener acceso al servicio de Urgencias en caso de descompensación de su enfermedad o su condición clínica lo amerite.

Sin embargo, la situación más grave que evidenciaron los expertos de Medicina Legal fue que el exalcalde de Cúcuta no puede moverse por sí solo y, por ende, las actividades cotidianas de higiene no las puede desarrollar.

“En sus actuales condiciones está comprometida su capacidad de autonomía funcional, lo que le impide realizar sus actividades básicas de la vida diaria/cotidianas de forma independiente (desvestirse, vestirse, bañarse ir al baño, desplazarse, caminar, etc.,) y hace necesario garantizar ciertas condiciones especiales de manejo y cuidado, así como la asistencia permanente por parte de una persona entrenada”, señala el dictamen.

Con base en los padecimientos que enfrenta Suárez Corzo, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, concluyó que no debe permanecer privado de la libertad.

“CONCLUSIÓN: Al momento de la presente valoración al Sr. RAMIRO SUAREZ CORZO en sus actuales condiciones PERMITEN FUNDAMENTAR UN ESTADO DE SALUD GRAVE POR ENFERMEDAD E INCOMPATIBLE CON LA VIDA EN RECLUSIÓN FORMAL”.

Antecedentes

El exalcalde de Cúcuta fue condenado a 27 años por el delito de homicidio.

Desde el pasado 14 de septiembre fue trasladado desde el Hospital Universitario Erasmo Meoz de Cúcuta a la cárcel La Picota de Bogotá, donde permanece recluido en el ERE Sur (pabellón de los funcionarios públicos).

El abogado Felipe Alzate, defensor del exalcalde Ramiro Suárez Corzo, aseguró en W Radio que, ha buscado, por medio de todos los recursos jurídicos y legales, demostrar que la condición de salud de su cliente es grave y que requiere una atención urgente, oportuna, idónea y eficaz.

También señaló que, debido al grave estado en el que se encuentra el exalcalde, requiere de un cuidado permanente en el que se pueda garantizar que sus padecimientos serán tratados y señaló que un centro de atención especializado en cuidados crónicos o paliativos.

Alzate además le dijo a W Radio que, a pesar de conocer la situación de su cliente, el juzgado 15 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, no ha atendido esta petición.

En contexto sobre este caso

W Radio publicó el pasado 14 de diciembre en exclusiva un informe de la Defensoría del Pueblo que advirtió que “son infrahumanas las condiciones de salud y de dignidad” en las que se encuentra Ramiro Suárez Corzo, exalcalde de Cúcuta, en una celda de la cárcel La Picota de Bogotá.

En su momento, la Defensoría le pidió al juez de ejecución de penas y medidas de seguridad que otorgue a Suárez Corzo la prisión domiciliaria o casa por cárcel, pues se le estarían vulnerando sus derechos fundamentales a la vida y a la salud, al estar expuesto a toda clase de peligros que agravan las enfermedades que padece.

Una comisión de la Defensoría del Pueblo integrada por una médico, una bacterióloga y un abogado realizaron una inspección el pasado mes de noviembre, corroborando que el exalcalde de Cúcuta tiene que “arrastrarse” para poder atender sus necesidades fisiológicas debido a que no tiene movimiento en sus piernas.

“En el momento de la visita, el señor Ramiro Suárez se encontró acostado en la cama, consciente, orientado en tiempo, lugar y espacio, con pérdida de movimiento de los miembros inferiores secundario a miositis por cuerpo de inclusión (diagnosticado por el Hospital Universitario Erasmo Meoz de Cúcuta) lo que no le permite desplazarse de manera autónoma. Refiere el PPL que para realizar sus necesidades fisiológicas y de cuidado personal debe botarse al piso y arrastrarse hasta el baño o la ducha, por cuanto no cuenta con cuidador o personal de apoyo. Aunado a lo anterior, es de señalar que la persona más cercana a su celda esta aproximadamente a 30 metros de distancia y a 70 metros del custodio en la portería externa”, se señala en el informe.

Precisamente, en las conclusiones de la visita se advierte que “el estado de salud del PPL (Ramiro Suárez Corzo), se califica como grave, por enfermedad, de acuerdo con la valoración física y de la historia clínica: no cuenta con apoyo para el desarrollo de sus necesidades fisiológicas como micción y exposición; en la reclusión no cuenta con el apoyo necesario para su aseo personal diario; se encuentra postrado y sin posibilidad de movimiento autónomo en sus miembros inferiores; no se puede garantizar que pueda prevenir o evitar una lesión por caída, al no contar con las condiciones en el baño ni lugar de reclusión”.

Agregaron que “el señor Suárez no cuenta con cuidador ni atención por enfermería, por lo que hace maniobras peligrosas para poder hacer sus necesidades fisiológicas y de autocuidado, teniendo que arrastrarse hasta la letrina”.

Igualmente, en el documento conocido en exclusiva por W Radio, se advierte que tiene graves enfermedades que le impiden moverse por sí mismo y que incluso para el aseo personal debe esperar varios días a que sus familiares en las visitas lo ejecuten.

“Se trata de una persona adulta mayor privada de la libertad, sin capacidad para el autocuidado y atención de sus necesidades fisiológicas, por padecer enfermedades metabólicas descompensadas, sin tratamientos que tienen en peligro la salud y la vida del señor Suárez, lo que mantiene la vulneración plena los derechos fundamentales a la vida, salud y dignidad humana”.

La Defensoría también señaló que desde el pasado 14 de septiembre, cuando llegó trasladado a ese penal, no tiene atención médica.

“Se encontró que el señor Suárez, desde la fecha de ingreso al Centro Carcelario la Picota, no ha recibido ningún tipo de atención en salud (ni diagnóstico, ni tratamientos, ni rehabilitación, ni trabajo social, ni apoyo psicológico, fisioterapéutico). Evidenciándose claramente el abandono institucional”.

Entre tanto, W Radio también conoció que, debido a su grave estado de salud, tuvo que ser trasladado en ambulancia a la clínica Eusalud para ser atendido inmediatamente.

En la historia clínica se señala que, es delicado su estado de salud porque además de sus padecimientos enfrenta la enfermedad huérfana de Miositis por cuerpos de inclusión.

Se señala en el documento que es un trato degradante, inhumano y cruel el que está recibiendo Ramiro Suárez Corzo.

“Apelando a la Ley 599 de 2000 artículo 68 y a la basta jurisprudencia del Consejo Superior de la Judicatura y teniendo en cuenta el principio de humanidad promovido por el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, el cual sostiene que, según el Derecho Internacional Humanitario (DIH), la solicitud de prisión domiciliaria está en línea con el principio de humanidad. Este principio prohíbe tratos crueles, inhumanos o degradantes, y argumenta que la privación de libertad en condiciones de salud precarias podría violar este principio”.

La Defensoría del Pueblo con base en esa situación pidió que se le otorgue la prisión domiciliaria.

“La Defensoría del Pueblo solicita al señor juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad que corresponda, se le conceda la reclusión domiciliaria u hospitalaria por enfermedad grave al señor Ramiro Suárez Corzo, con el objeto de que se garantice la atención médica domiciliaria, teniendo en cuenta la gravedad de las enfermedades que padece y no pueden ser tratadas en debida forma en el entorno carcelario. La medida de prisión domiciliaria es proporcional y razonable en función de la situación de salud de la persona, evitando así una afectación desproporcionada de sus derechos”, concluye el documento.

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