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Lo ideal es que no se pague un peso: experto sobre comisión de Air-e por recaudar impuesto

El economista Jorge Vergara dio a conocer su postura sobre la millonaria comisión que recibe la empresa de energía por recaudar la tasa de seguridad del Atlántico.

Imagen de referencia de recibo de energía. Foto: / Oscar Martín

Imagen de referencia de recibo de energía. Foto: / Oscar Martín

Barranquilla

En las últimas horas, el economista Jorge Vergara dio a conocer su postura sobre la polémica que se ha generado por la millonaria comisión que se le paga a la empresa de energía Air-e por el recaudo de la tasa de seguridad y convivencia ciudadana.

A través de un documento, Vergara indicó que el porcentaje del 3% que recibe la empresa de energía, equivalente a más de $3 mil millones de pesos, es una cifra que se ha tenido que revisar desde hace años, debido a que “los montos que se pagaban por ese recaudo estaban por fuera del mercado”.

Además, dijo que “aparte del 3% reconocido, la empresa se queda 45 días con el dinero, y en ocasiones como la actual llega a más de dos meses”.

“Creo que no se necesita una ordenanza para sentarse a renegociar el acuerdo firmado con Electricaribe, hoy AIR-E. El gobernador cuenta con los elementos jurídicos existentes, así como el personal calificado para conseguir una buena negociación”, afirmó.

El economista también aseguró que, tal y como sucede con el impuesto del alumbrado público, lo ideal es que “no se pague un solo peso”.

“Lo ideal, es que no se le pague un solo peso, tal como sucede con el impuesto del alumbrado público (art 349 al 352 de la Ley 1819 de 2016), por quedarse esta empresa con el dinero durante 45 días o más”, mencionó.

El economista finalizó solicitándole al gobernador del Atlántico, Eduardo Verano, que se le de solución a la problemática lo antes posible, y recordó que Air-e recibe $420 millones de pesos mensuales por el recaudo.

“El impuesto de alumbrado público debe cobrarlo la empresa que presta el servicio de energía eléctrica sea privada o pública, sin cobrar un solo peso por ese servicio (mandato por el art 352 de la Ley 1819 de 2016); y la Tasa de Seguridad Ciudadana también es fijada por la Ley 1421 de 2010″, afirmó.

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