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Calendario tributario 2025: ¿Cuáles son los topes para 2025? Esto estableció la DIAN

Conozca, también, las fechas en las que deberá cumplir con estas responsabilidades económicas.

Imagen de referencia de Getty Images y DIAN.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha publicado el calendario tributario para el año 2025, detallando las fechas y topes que los contribuyentes en Colombia deben tener en cuenta para cumplir con sus obligaciones fiscales.

Más información

¿Cuáles son los topes para 2025?

La DIAN ha establecido los siguientes topes para determinar la obligación de declarar y pagar impuestos en 2025:

  • Personas Naturales: están obligadas a declarar renta si sus ingresos brutos anuales superan las 1.400 Unidades de Valor Tributario (UVT).
  • IVA: deben declarar este impuesto los contribuyentes cuyos ingresos brutos anuales superen las 3.500 UVT.
  • Régimen Simple de Tributación (RST): el límite máximo de ingresos brutos anuales para pertenecer a este régimen es de 100.000 UVT.

Declaración de Renta

Grandes Contribuyentes:

  • Primera cuota: la presentación y pago de la primera cuota deben realizarse entre el 9 y el 24 de abril de 2025, según el último dígito del NIT.
  • Segunda cuota: el pago de la segunda cuota está programado entre el 11 y el 25 de junio de 2025, también dependiendo del último dígito del NIT.
  • Tercera cuota: la tercera cuota debe ser pagada entre el 9 y el 22 de julio de 2025, siguiendo el mismo criterio del NIT.

Personas Jurídicas:

  • Declaración y primera cuota: las personas jurídicas deben presentar su declaración y realizar el pago de la primera cuota entre el 12 y el 23 de mayo de 2025, de acuerdo con el último dígito del NIT.
  • Segunda cuota: el pago de la segunda cuota está programado entre el 9 y el 22 de julio de 2025, según el último dígito del NIT.

Personas Naturales:

  • Declaración y pago: las personas naturales deben presentar su declaración y realizar el pago entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, dependiendo del último dígito del NIT.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Régimen Bimestral:

  • Enero - Febrero: declaración y pago entre el 11 y el 25 de marzo de 2025.
  • Marzo - Abril: declaración y pago entre el 12 y el 23 de mayo de 2025.
  • Mayo - Junio: declaración y pago entre el 11 y el 25 de julio de 2025.
  • Julio - Agosto: declaración y pago entre el 9 y el 22 de septiembre de 2025.
  • Septiembre - Octubre: ddeclaración y pago entre el 12 y el 26 de noviembre de 2025.
  • Noviembre - Diciembre: declaración y pago entre el 13 y el 26 de enero de 2026.

Régimen Cuatrimestral:

  • Enero - Abril: declaración y pago entre el 12 y el 23 de mayo de 2025.
  • Mayo - Agosto: declaración y pago entre el 9 y el 22 de septiembre de 2025.
  • Septiembre - Diciembre: declaración y pago entre el 13 y el 26 de enero de 2026.

Consideraciones Adicionales

Es importante que los contribuyentes tengan en cuenta las siguientes recomendaciones para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en 2025:

  • Actualización de Información: mantener actualizada la información registrada ante la DIAN, incluyendo dirección, correo electrónico y actividad económica, para recibir oportunamente las notificaciones y comunicaciones.
  • Medios Electrónicos: utilizar los servicios en línea de la DIAN para la presentación de declaraciones y pagos, lo que facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias y reduce posibles errores.
  • Asesoría Profesional: consultar con un asesor tributario o contador público para asegurar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales y aprovechar los beneficios tributarios aplicables.
  • Revisión de Normatividad: estar atento a posibles cambios en la normatividad tributaria que puedan afectar las obligaciones fiscales durante el año 2025. ara más detalles y el calendario completo de vencimientos, se recomienda consultar el documento oficial publicado por la DIAN.

Sergio Stheban Rodríguez

Comunicador social y periodista de la Universidad...