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SIC rechaza solicitud de Sergio Fajardo de bloquear video de TikTok publicado por Felipe Córdoba

La entidad de control afirmó que “los debates sobre la veracidad de la información, el impacto reputacional o los límites del discurso político deben resolverse mediante los mecanismos judiciales adecuados”, tras un video en la cuenta del excontralor llamado ‘Hidroituango: la historia’.

Sergio Fajardo y Felipe Córdoba | Fotos: Colprensa

Sergio Fajardo y Felipe Córdoba | Fotos: Colprensa

El pasado 4 de noviembre Sergio Fajardo le pidió a la Superintendencia de Industria y Comercio que bloqueara temporalmente un video publicado en la cuenta TikTok @elcontralorcol, que es del excontralor Carlos Felipe Córdoba.

Según Fajardo, el video “usaba su imagen, su voz y su nombre, sin autorización y con posibles fines políticos”, dijo la SIC.

El video que pidió bloquear hace parte de la miniserie de presuntos hechos de corrupción, en un capítulo titulado ‘Hidroituango: la historia’.

El precandidato Fajardo afirmó que ese video “hacía parte de una campaña sostenida de desinformación”.

Además, el precandidato presidencial dijo que esto puede afectar su reputación y que la difusión del contenido era un tratamiento no autorizado de datos personales sensibles y que su impacto se agravaba por el alcance de TikTok.

Al respecto, la SIC afirmó que la solicitud no cumplía con el criterio de ámbito de aplicación.

La entidad explicó que, en general, las cuentas personales en redes sociales no se consideran bases de datos reguladas por esta ley.

La entidad agregó que el contenido del video podría estar protegido por la libertad de expresión y de información, “especialmente porque trata temas de debate público, y menciona a personajes con proyección política, como Sergio Fajardo y Felipe Córdoba”.

Con esta decisión, la SIC reiteró que la Ley 1581 de 2012 no fue creada para regular publicaciones ocasionales de información personal en redes sociales, ni para restringir contenidos vinculados al ejercicio de la libertad de expresión, incluso si incluyen imágenes, nombres o referencias a figuras públicas.

Finalmente, resaltó que “los debates sobre la veracidad de la información, el impacto reputacional o los límites del discurso político deben resolverse mediante los mecanismos judiciales adecuados, y no a través de los procedimientos administrativos de protección de datos personales”.

Este es el video que generó controversia:

@elcontralorcol

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♬ sonido original - El Contralor - El Contralor

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