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Caso Centros Poblados: garantías no se revisaron porque "confiaron en la buena fe"

La firma SES Colombia no revisó los documentos aunque le pagaron exclusivamente para eso.

W Radio conoció un documento enviado por la firma SES Colombia al Ministerio de las TIC, de fecha del 28 de junio pasad. Foto: Getty Images / PHOTOALTO ODILON DIMIER

W Radio conoció un documento enviado por la firma SES Colombia al Ministerio de las TIC, de fecha del 28 de junio pasad. Foto: Getty Images / PHOTOALTO ODILON DIMIER(Thot)

W Radio conoció un documento enviado por la firma SES Colombia al Ministerio de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC), de fecha del 28 de junio pasado, en el que por primera vez rinden cuentas por las pólizas falsas entregadas por la Unión Temporal Centros Poblados para amparar el millonario contrato para instalar puntos digitales.

En principio, el documento confirma lo dicho en Sigue la W sobre que no fue una, sino tres las garantías entregadas por el contratista: que cubría el anticipo, otra el cumplimiento del contrato y una más para salarios y prestaciones.

La carta enviada al Ministerio de las TIC tiene aspectos que evidencian el papel de la firma SES Colombia en todo el entramado, sobre todo porque era la encargada de revisar todos los documentos de Centros Poblados, con un contrato de unos $500 millones de pesos, para que no se le pasara ningún detalle.

Al responder qué tipo de revisión hicieron sobre las garantías presentadas por Centros Poblados aseguran que no se realizaron consultas a las entidades que expidieron las pólizas y que su trabajo se hizo “sobre la base de documentos que se presumen auténticos, por lo cual no se requerían verificaciones adicionales”.

Adicionalmente, citan la Constitución Política y hasta la ponencia hecha en su momento por Álvaro Gómez Hurtado y Juan Carlos Esguerra sobre la presunción de buena fe, que, entre otras cosas, dice que: “se presume que los particulares en sus relaciones con el poder público actúan de buena fe”.

En ese sentido, justifican su actuar asegurando que la autenticidad de un documento aportado por una parte en un procedimiento administrativo se presume, mientras no se haya tachado de falso.

Es decir, si no hay una denuncia por la presunta falsedad de un documento, no se verifica si es auténtico porque se presume que sí acudiendo al principio de buena fe del particular que lo presentó.

La empresa insiste en que no se encontraron elementos que hicieran dudar de los documentos, e incluso señalan que no le vieron problema a recibirlas vía digital y no física, argumentando que este campo de la contratación también ha avanzado en los últimos años en Colombia gracias a la sistematización.

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