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¿Cómo comprobar si una persona tiene inhabilidad por delitos sexuales contra menores?

Si usted contratará personal y este cargo implica contacto con menores de edad, recuerde que es su obligación indagar sobre aquellas inhabilidades. Aquí le explicamos cómo.

En 2018, el Congreso decretó un régimen de inhabilidades para los condenados por delitos sexuales contra menores de edad, para que a futuro no puedan ocupar cargos que involucren contacto con ellos. Foto: Getty Images

En 2018, el Congreso decretó un régimen de inhabilidades para los condenados por delitos sexuales contra menores de edad, para que a futuro no puedan ocupar cargos que involucren contacto con ellos. Foto: Getty Images(Thot)

Si usted va a contratar personal en su empresa y este cargo implica contacto con menores de edad, recuerde que en Colombia todas las organizaciones públicas y privadas tienen la obligación de indagar sobre aquellas inhabilidades, por delitos sexuales contra menores de edad, de los candidatos que contratan. Así quedó establecido en la Ley 1918 de 2018 y del Decreto 753 del 2019.

Según lo especifica el decreto en mención, la interacción entre el trabajador y el menor de edad puede ser por “trato personal o a través de cualquier medio tecnológico”, y que se produzca de manera habitual y frecuente durante las labores.

De esta manera, el decreto especifica algunos de los cargos que deben estar sujetos a dicha verificación, ya que pueden tener contacto con menores de edad:

  • Docentes y personal que trabaje en instituciones de educación formal
  • Transporte escolar
  • Centros de recreación y deportes
  • Hotelería y turismo
  • Hogares de paso
  • Personal médico
  • Sacerdotes
  • Pastores
  • Guías espirituales
  • Personal de ventas y comercio
  • Bomberos

De este modo, las empresas deben evitar cualquier acción que vulnere los derechos de los niños y por eso, la Policía Nacional insiste en la verificación de antecedentes, ya que incumplir esta disposición puede dar lugar a multas entre 50 y 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Para esto, la Policía ha dispuesto de una herramienta en su página web para este fin.

¿Cómo hacer esta verificación? Así lo explica la Policía Nacional:

  1. Ingresar a la página web de la Policía Nacional ww.policia.gov.co
  2. Hacer click en la sección “Ciudadanos”
  3. Buscar la pestaña “Registro inhabilidades Ley 1918/18” y hacer click
  4. Posteriormente se le solicitar los siguientes datos:

  • Tipo de documento
  • Número de documento
  • Fecha de expedición del documento
  • Empresa o entidad que realiza la consulta
  • NIT empresa o entidad que realiza la consulta
  • Acepta los términos de uso

En la plataforma, usted encontrará un formulario en el que podrá digitar los datos de la persona en cuestión para conocer sus antecedentes. No obstante, es importante recordar que esta verificación no debe hacerse sin previo consentimiento del candidato o empleado de su empresa. Esta debe realizarse tras una autorización escrita y firmada por la persona.

De esta manera, el decreto indica que la verificación de antecedentes se debe realizar obligatoriamente antes del proceso de selección por parte del empleador. Además, esta debe renovarse cada cuatro meses mientras dure el contrato laboral.

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