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Piden que elección de procurador y magistrados de la Corte sea presencial

Fernando Carrillo precisó que, ante la falta de una ley que regule la realización de sesiones virtuales, se debe acatar lo señalado por la Corte.

El procurador general de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, precisó que ante la falta de una ley que regule la realización de sesiones virtuales, se debe acatar lo señalado por la Corte. Foto: Colprensa / CAMILA DÍAZ

El procurador general de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, precisó que ante la falta de una ley que regule la realización de sesiones virtuales, se debe acatar lo señalado por la Corte. Foto: Colprensa / CAMILA DÍAZ(Thot)

El procurador general de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, advirtió que la elección en el Senado del nuevo jefe del Ministerio Público y de los magistrados de la Corte Constitucional debe ser presencial y con los protocolos de bioseguridad necesarios para prevenir el contagio del COVID-19.

Carrillo Flórez en respuesta a una petición de acompañamiento para que se garanticen los derechos al voto secreto y presencial, hecha por el senador Roy Barreras Montealegre, que también le fue notificada al presidente del Congreso, Arturo Char Chaljub, señaló que “ las elecciones por Usted referidas, en caso de realizarse deberán celebrarse de manera presencial, con las condiciones de cumplimiento de los protocolos de bioseguridad necesarios, tal como ya lo puso en marcha la H. Cámara de Representantes, con ocasión de la elección del Defensor del Pueblo”.

Indicó que de acuerdo con una reciente sentencia de la Corte Constitucional, el Legislativo por decisión propia y no por imposición del gobierno puede apoyarse en las TIC para sesionar de manera no presencial, pero esta forma de trabajo virtual “tiene el carácter de regla excepcional y subsidiaria”.

Precisó que ante la falta de una ley que regule la realización de sesiones virtuales, se debe acatar lo señalado por la Corte en el sentido de que “la función constituyente, la aprobación de leyes con mayorías especiales, el control político (fuera de los estados de excepción), las funciones electorales y judiciales, “en la medida de lo posible, si las condiciones de salubridad lo permiten, deberían llevarse a cabo también en la sede física del Congreso de la República”.

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