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¿Qué es y cómo se tramita un juicio de sucesión?

Conozca cómo es el proceso de repartición de bienes cuando una persona fallece.

Conozca como es el proceso de repartición de bienes cuando una persona fallece. Foto: Getty Images

Conozca como es el proceso de repartición de bienes cuando una persona fallece. Foto: Getty Images(Thot)

Cuando un familiar fallece es común preguntarse qué ocurrirá con los bienes de esta persona, cualquiera que sea y quienes serán los herederos. Si el difunto deja un testamento o última voluntad, este procedimiento puede resultar muy sencillo, en cambio, como en la mayoría de casos esto no ocurre debe realizarse un juicio de sucesión.

La sucesión es el proceso legal mediante el cual el o los herederos reciben los bienes, derechos y obligaciones del difunto. Cuando existe un común acuerdo entre los familiares y no hay conflicto alguno este trámite se realiza en una notaría, pero cuando los familiares están en desacuerdo con la decisión tomada respecto a los bienes heredados, la vía judicial es la encargada de solucionar este procedimiento.

Para llevar a cabo el proceso de sucesión correctamente en una notaría debe presentar los siguientes documentos:

  • Copia auténtica del registro de defunción.
  • Registro Civil de nacimiento de los herederos.
  • Copia auténtica del registro de matrimonio si fuese casado o de lo contrario declaración de unión marital.
  • Copias de escrituras públicas de los inmuebles, propiedad del causante.
  • Certificados de libertad y tradición de dichos inmuebles.

Posteriormente el notario realizará el acta de traspaso mediante escritura.

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Si el trámite se lleva a cabo mediante la vía judicial, se tendrá que dar poder a un abogado para que represente a los reclamantes, y presentar el certificado de defunción de la persona junto con los registros civiles de las personas involucradas.

Una vez aceptada la demanda, el juez determina un plazo para que se presenten los interesados en el proceso y este finaliza con el inventario de bienes y su repartición.

Ahora bien, estas son las ordenes de sucesión en cuanto a quienes deben recibir los bienes en primea instancia y así sucesivamente:

  • Primer Orden: Hijos, ya sean legítimos, adoptivos, extramatrimoniales o nacidos de una unión marital.
  • Segundo Orden: Padres, abuelos y bisabuelos.
  • Tercer Orden: Hermanos y sobrinos.
  • Cuarto Orden: Cónyuge supérsite o cónyuge sobreviviente
  • Quinto Orden: El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

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