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Economía

Empresas deben comunicarse con sus clientes antes de reportarlos: Superindustria

La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó, en primera instancia, a Movistar con dos multas por limitaciones al ejercicio del derecho fundamental de habeas data.

Las multas ascienden en total a $117.900.000.

Las sanciones, cada una por $58.950.000, obedecen a la violación del régimen de protección de datos personales.

Según la SIC, “Movistar no cumplió con su deber de comunicarle a sus usuarios que serían reportados a las centrales de riesgo, con el fin de que los usuarios pudieran ejercer su derecho de controvertir la obligación o pagar las obligaciones vencidas y así evitar el reporte negativo”.

En los dos casos, la actuación administrativa se inició como resultado del traslado de acciones de tutela por parte de distintos despachos judiciales.

“Esta conducta, adelantada por uno de los principales operadores de telefonía móvil del país, tiene consecuencias graves para los ciudadanos a quienes se les viola su derecho de enterarse previamente a ser reportados negativamente en una central de riesgo”, señala la entidad.

La Superintendencia ordenó Movistar adelantar una auditoría externa sobre sus sistemas de información para determinar las posibles fallas que se están presentando en su sistema de reportes a las centrales de riesgo.

Asimismo, la empresa de telefonía celular deberá radicar ante la Superintendencia un Plan de Mejoramiento de sus prácticas de reporte de información.

Contra la sanción impuesta en primera instancia procede el recurso de reposición y en subsidio de apelación ante la misma Superintendencia.
 

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