Economía

Se suspendieron términos y trámites para algunas actuaciones de MinTransporte y el Runt

La medida fue adoptada según lo informado desde la cartera de transporte debido a la emergencia declarada por cuenta del COVID-19.

La medida fue adoptada según lo informado desde la cartera de transporte debido a la emergencia declarada por cuenta del COVID-19. Foto: Colprensa

La medida fue adoptada según lo informado desde la cartera de transporte debido a la emergencia declarada por cuenta del COVID-19. Foto: Colprensa(Thot)

El Ministerio de Transporte anunció que debido a la emergencia declarada por cuenta del COVID-19, se expidió la Resolución 20203040000285 “por medio de la cual se suspenden los términos de los procesos administrativos disciplinarios y de cobro coactivo, y de algunos trámites del Viceministerio de Transporte y del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), con ocasión de la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica por causa del coronavirus COVID-19 y se dictan otras disposiciones”.

En ese sentido, algunos de los términos suspendidos del Viceministerio de Transporte están relacionados con:

  • Dirección de Tránsito y Transporte: la segunda instancia a las decisiones de las Direcciones Territoriales.
  • Grupo de Reposición Integral de Vehículos: Los trámites de reposición, normalización, certificación de aprobaciones de caución y certificados de cumplimiento de requisitos.
  • Subdirección de Transporte: La habilitación de empresas de transporte de pasajeros por carretera, mixto y fluvial, permisos de operación para empresas de transporte fluvial y por cable.
  • Subdirección de Tránsito: Los actos administrativos de recursos de reposición y revocatorias directas contra los actos administrativos expedidos por la Subdirección.
  • Direcciones Territoriales: La Tarjeta de servicio para vehículos de enseñanza automovilística, expedición o renovación de la tarjeta de operación de servicio publico de transporte terrestre automotor de pasajeros (por carretera, mixto o especial), habilitación de empresas de servicio público de transporte terrestre automotor mixto.

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De igual forma, los trámites asociados al Registro Único Nacional de Tránsito, que requieran validación biométrica mediante uso de huellero físico o electrónico, también serán suspendidos hasta que se supere la emergencia sanitaria o hasta que sea implementado otro mecanismo de validación en remplazo por parte de la concesión RUNT S.A. También se suspenden algunos trámites del Registro Nacional Automotor como el programa de modernización del parque automotor de carga, la normalización y el IVA CREI.

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Adicionalmente, se suspenden los términos de todos los procesos administrativos de cobro coactivo a cargo del Grupo de Jurisdicción Coactiva de la Oficina Asesora de Jurídica, y los términos en todas las actuaciones disciplinarias a cargo del Grupo Control Disciplinario Interno de la Secretaria General (primera instancia) y del Despacho de la Ministra de Transporte (segunda instancia) hasta que se supere la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Finalmente, durante el término que dure la suspensión ordenada mediante la Resolución y hasta el momento en que se reanuden las actuaciones, no correrán los términos de caducidad, prescripción o firmeza previstos en la Ley que regule la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 491 de 2020.

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