Judicial

Fueron judicializados cuatro funcionarios de la Gobernación de Arauca

Se solicitó medida de aseguramiento no privativa de la libertad contra los imputados, y suspensión de la personería jurídica para la Corporación Cultural Cabalgando.

Al parecer, establecieron requisitos exorbitantes para que únicamente la Corporación Cabalgando pudiera participar en esa licitación. Foto: Getty Images

Al parecer, establecieron requisitos exorbitantes para que únicamente la Corporación Cabalgando pudiera participar en esa licitación. Foto: Getty Images(Thot)

La Fiscalía General de la Nación imputó los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y falsedad ideológica en documento público en contra de tres funcionarios de la Gobernación de Arauca y un particular, por presuntas irregularidades en un contrato que tenía como objeto realizar una fiesta en el municipio de Cravo Norte.

Los imputados son: William Arévalo Quintero, secretario de Educación de la Gobernación; Heivind Palomino Gutiérrez, ex gerente de Contratación del Departamento; Ómar Alberto Cisneros Garrido, asesor de despacho, área Cultura y Turismo actual en la Gobernación; y Jhon Élver Garrido Aguilar, representante legal de la Corporación Cultural Cabalgando.

Un fiscal del Grupo Técnico Especializado de COVID-19, con apoyo de la Dirección Especializada contra la Corrupción de la Fiscalía General de la Nación, evidenció que los funcionarios de la Gobernación de Arauca habrían favorecido a un tercero y, de manera indebida, tramitaron y adjudicaron el Contrato No. 201 del 14 de abril de 2020. Al parecer, establecieron requisitos exorbitantes para que únicamente la Corporación Cabalgando pudiera participar en esa licitación.

El material probatorio recopilado por el ente investigador dejaría ver que se habrían alterado valores que permitieron que se aumentara la cuantía total a contratar, es decir, generaron sobrecostos.

Adicionalmente, la Gobernación celebró el contrato durante la emergencia sanitaria por el COVID-19, en contravía a las disposiciones del Gobierno Nacional y Municipal de Cravo Norte, luego de que el alcalde del municipio, un mes antes, había cancelado la suscripción del mismo.

La Fiscalía General de la Nación solicitó medida de aseguramiento no privativa de la libertad contra los cuatro imputados, y suspensión de la personería jurídica para la Corporación Cultural Cabalgando.

Sin embargo, las peticiones no fueron concedidas por el despacho judicial por considerar que, a pesar de existir elementos para demostrar inferencia de la comisión del delito, no eran necesarias. La decisión fue apelada.

La defensa del secretario de Educación de Arauca informó que con los conceptos del Ministerio Público y de los abogados de la defensa, el juez del caso consideró que las medidas de aseguramiento que pidió el ente fiscal se aplicaran, para ese caso, eran absolutamente innecesarias, incoherentes e ilógicas, por ende, desproporcionadas, “toda vez que de los elementos materiales probatorios que exhibió la Fiscalía para sustentar la medida cautelar, no se infería razonablemente, que esas causales argüidas, fueran necesarias para atender los fines constitucionales establecidos en el artículo 308 del C.P.P”.

El abogado Ramón Cárdenas señaló que: “Después de una ligera investigación y recolección de elementos materiales probatorios y un análisis sesgado de los mismos, la Fiscalía se apresura a citar a audiencia de imputación a los funcionarios, con una exposición de los hechos jurídicamente relevantes, genéricos, imprecisos y gaseosos, que tampoco encontraron soporte en los elementos materiales que le sirvieron de guía. En la imputación no se pueden hacer conjeturas o apreciaciones subjetivas, que fue lo que en últimas hizo el ente investigador”.

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