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Tribunal deja sin efecto fallo que favoreció con tierras a la familia Cabrales

Se trata de cerca de 862 hectáreas de tierras ubicadas en el municipio de Tierralta, Córdoba.

862 hectáreas de tierras ubicadas en el municipio de Tierralta, Córdoba. . Foto: Cortesía

862 hectáreas de tierras ubicadas en el municipio de Tierralta, Córdoba. . Foto: Cortesía(Thot)

El Tribunal Superior de Montería, a través de la Sala Cuarta de Decisión Civil-Familia-Laboral, ordenó dejar sin efecto una sentencia conocida el 1 septiembre del año 2009, la cual emitió el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Montería.

El fallo de ese entonces, bajo la figura jurídica de prescripción, favoreció con cerca de 862 hectáreas de tierras ubicadas en Tierralta (Córdoba), a Manuel Prisciliano Cabrales Lacharme, y a sus hijos María Patricia, Cristóbal José y Daniel Alberto Cabrales Castillo, este último, embajador de Colombia en República Dominicana y exsenador de la República por el Partido Centro Democrático.

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Sin embargo, el Tribunal dejó sin efecto dicha decisión, al considerar válidos los argumentos expuestos por la Agencia Nacional de Tierras-ANT, que vía tutela sostuvo que el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Montería, habría vulnerado los derechos de la Nación.

"Aduce que el Juzgado accionado, resolvió aceptar la cesión de los derechos litigiosos realizadas por los señores Daniel Alberto, Cristóbal José y María Patricia Cabrales Castillo a favor del señor Manuel Prisciliano Cabrales Lacharme, así mismo, declaró que pertenece el dominio pleno y absoluto a este último, por haber adquirido por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio los siguientes bienes inmuebles: La Esperanza, La Gloria II, La Gloria, No Hay Como Dios, El Alto Viento, La Magdalena, El Silencio, Villa Rosa, Las Lomitas, La Palma, Vista Hermosa, La Primavera, El Ratón, La Loma, Pakistan y Los Milagros", se revela en el nuevo fallo emitido por parte del Tribunal.

Al tiempo agrega que "considera la accionante que se le vulneran los derechos fundamentales al debido proceso en conexión al de acceso a la administración de justicia".

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Así mismo, sostiene la ANT que, los predios tendrían origen baldío, y por lo tanto, eran imprescriptibles por vía judicial.

Frente a lo establecido por las partes involucradas en el caso, el Tribunal Superior de Montería, resolvió que "al carecer el juez ordinario de apoyo probatorio que permita la aplicación del supuesto legal en el que se sustenta la decisión, resulta pertinente

tutelar los derechos fundamentales invocados, en consecuencia, se ordenará al Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Montería, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación del presente asunto, deje sin efecto el fallo adiado 1º de septiembre de 2009".

La decisión del Tribunal que deja abierta la posibilidad de que pueda ser impugnada, se conoció el pasado 12 de junio del presente año.

Este medio intentó buscar reacciones por parte de la familia Cabrales, pero no fue posible.

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