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Funcionarios públicos tendrán día libre si se vacunan antes de finalizar el año

En el decreto quedan establecidas las medidas para la reactivación progresiva de las actividades económicas, sociales y del Estado.

Foto de referencia de una vacuna contra el COVID-19. Foto: Getty Images/ Morsa Images

Foto de referencia de una vacuna contra el COVID-19. Foto: Getty Images/ Morsa Images

A través del decreto 1615, firmado por el presidente Iván Duque, quedó estipulado que el Gobierno otorgará un día libre en primer trimestre de año 2022 a los servidores públicos y trabajadores oficiales que decidan durante este mes de diciembre completar su esquema de vacunación o se apliquen la tercera dosis en los tiempos ya establecidos por el Ministerio de Salud.

En ese mismo sentido, en el decreto el Gobierno instó a todo el sector privado para que se unan a la iniciativa pública y otorgue un día libre en el mismo periodo de los funcionarios públicos, es decir en los meses de enero, febrero y marzo del próximo año a aquellos empleados o contratistas que en este último mes de 2021 se vacunen.

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En este decreto también quedan estipuladas las medidas relacionadas con la exigencia del carné de vacunación, ya que el gobierno deja en firme que la exigencia del carné con esquemas completos. Así las cosas, el requisito entrará en vigencia a partir del 14 de diciembre de este año para mayores de 18 años; y desde el 28 de diciembre de 2021 para mayores de 12 años y se exceptúa de esta medida a la población entre y 12 años.

También, en el decreto 1614 el Gobierno deja claro que ningún ente territorial podrá decretar toque de queda o restricciones horarias de movilidad como medida sanitaria para mitigar la pandemia ocasionada por el COVID-19, salvo que se cuente con previo concepto del Ministerio de Salud y con la debida autorización del Ministerio del Interior.

Así mismo, deja claro que los municipios con una ocupación superior al 85% en sus Unidades de Cuidado Intensivo y previa autorización del Gobierno, “podrán adoptar las medidas pertinentes para el control y manejo de la pandemia ocasionada por el Coronavirus COVID 19. Tampoco se podrán autorizar eventos de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social”.

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