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Nueva ley que facilita definir la situación militar: de esta forma puede hacerlo

Conozca cómo podrá solicitar la definición de su situación militar y qué requisitos debe cumplir.

Imagen de referencia de militares colombianos. Foto: Getty Images.

Imagen de referencia de militares colombianos. Foto: Getty Images. / Anadolu Agency

En un esfuerzo del Gobierno colombiano para simplificar procesos administrativos, se promulgó la Ley 2341 de 2023, cuyo objetivo es establecer disposiciones especiales para resolver la situación militar de ciertos grupos de la población.

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Dentro de este grupo se encuentran los mayores de 24 años o estudiantes universitarios que se encuentren cursando una carrera profesional universitaria y haya superado 5 semestres de educación superior. De este modo, podrá solicitar la definición de su situación militar, cumpliendo el siguiente tramite de requisitos:

  1. Contar a la fecha de la solicitud con 24 años o más, o haber cursado más de 5 semestres de carrera universitaria.
  2. Realizar la correspondiente solicitud, por intermedio de la página web designada o de manera presencial en cualquier distrito militar.
  3. Pagar la cuota única de compensación militar para mayores de 24 años establecida en el artículo 3 de esta ley.
  4. Certificación de la universidad donde conste que se encuentra cursando una carrera profesional y haber cursado 5 semestres, para el caso correspondiente.

¿Cuál es la cuota Única de Compensación Militar?

La cuota Única de Compensación Militar para mayores de 24 años o estudiantes de carreras universitarias que cursen más de 5 semestres, es una contribución ciudadana, especial, que debe pagar al Tesoro Nacional. Tenga en cuenta que el valor de la cuota no podrá superar:

  • Para personas sin ingresos mensuales económicos el 5% de un salario mínimo legal vigente.
  • Para personas con ingresos mensuales inferiores o igual a 2 smlmv, el 15% de un salario mínimo legal vigente.
  • Para personas con ingresos mensuales entre 2 smlmv y cuatro smlmv, el 25% de un salario mínimo legal vigente.
  • Para personas con ingresos mensuales superiores a 4 smlmv, el 50% de un salario mínimo legal vigente.
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