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Así puede firmar acta de compromisos de Renta Joven: ¿quiénes están obligados a hacerlo?

¿Recibe el beneficio de Renta Joven? Conozca aquí donde puede firmar el acta de compromiso.

Mujer joven revisando su celular (Getty Images) / Logo de Renta Joven

Mujer joven revisando su celular (Getty Images) / Logo de Renta Joven

Según explica el Departamento de Prosperidad Social, el programa de Renta Joven es la evolución de Jóvenes en Acción y “nace para contribuir a la inclusión social y económica de la población joven en situación de pobreza y vulnerabilidad, mediante transferencias monetarias, e implementar estrategias que faciliten el acceso y la permanencia en la educación superior y la consolidación de trayectorias de vida desde la dignidad y la garantía de derechos”.

Cabe mencionar que Renta Joven comenzó a operar en 2024 y estará integrado al sistema de transferencias establecido por el Plan Nacional de Desarrollo Colombia.

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¿Hasta cuando se puede firmar el acta de compromiso?

Así como en la Renta Ciudadana, el ingreso de Renta Joven también cuenta con un acta de compromiso y corresponsabilidad que debe ser firmada, esta explica los derechos y deberes que se adquieren con este beneficio.

Según expuso Prosperidad Social por medio de su cuenta de X, esta debe ser firmada solo por los jóvenes ya vinculados a Renta Joven, es decir, no podrán hacerlo quienes estén en régimen de transición.

Así mismo, el acta de compromiso podrá ser firmada hasta el próximo 30 de junio de 2024, en caso de que no lo recuerde, Prosperidad Social le estará enviando correos sobre el tema a quienes aún no lo han hecho.

¿Cómo firmar el acta?

Requisitos para hacer parte de Renta Joven

  • Tener entre 14 y 28 años.
  • Contar con un registro en los sistemas oficiales de matrícula en educación media como graduado de bachiller de media vocacional (11°).
  • Estar en incluido en una de las siguientes bases de focalización:
  • Estar registrado en el Sisbén vigente o el instrumento de focalización que haga sus veces, con una clasificación como grupo poblacional en situación de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad.
  • Estar registrado en los listados censales de población indígena, administrados por el Ministerio del Interior.
  • Estar registrado en los listados censales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de población con medidas de restablecimiento de derechos y que cursen educación superior o formación complementaria bajo la protección de esta entidad.
  • Estar matriculado en un proceso de formación complementaria o educación superior en los niveles técnico, tecnólogo o universitario (pregrado) en modalidad presencial, distancia tradicional, o virtualidad.
  • No contar con registro en los sistemas oficiales de educación superior de título profesional universitario y/o posgrado.
  • No tener una inscripción activa en el programa Jóvenes en Paz o la estrategia que haga sus veces.

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