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Los 4 delitos que NO prescriben en Colombia: ¿por qué? Código Penal lo regula y explica

Conozca los delitos que son imprescriptibles en Colombia.

Imagen de referencia de juez.

Imagen de referencia de juez. / SimpleImages

Algunos delitos en Colombia tienen un tiempo de prescripción y, una vez se haya agotado ese plazo, las posibilidades de que el Estado pueda iniciar o continuar una acción penal serán menores. No obstante, es necesario que conozca varios elementos a considerar, ya que esta figura determina el periodo en el que un hecho punible puede dejar de ser perseguido legalmente.

De acuerdo con la Ley 2081 del 2021, el tiempo de prescripción de un delito depende del máximo de la pena establecida para cada conducta, pero en ningún caso puede ser inferior a cinco años ni superior a veinte, salvo las excepciones que contempla la ley. Esto significa que, una vez se deje pasar el tiempo sin que se avance en la acción penal, el Estado perderá la facultad legal de continuar el proceso y no podrá investigarlo o juzgarlo más.

Para evitar esto, es fundamental que las autoridades actúen de manera oportuna; no obstante, hay que mencionar que los plazos de prescripción pueden variar según el tipo de delito y las circunstancias de cada caso, incluyendo factores como la naturaleza de la conducta, si es de ejecución permanente, si la pena no implica privación de la libertad o si existen agravantes como la participación de servidores públicos o la comisión en el exterior.

¿Qué delitos no prescriben en Colombia?

Actualmente, la justicia colombiana contempla 4 delitos que no pueden ser prescritos.

  • Genocidio
  • Lesa humanidad
  • Crímenes de guerra
  • Contra la libertad, integridad y formación sexuales, o el delito de incesto, cometidos en menores de 18 años

¿Cómo funcionan las prescripciones en Colombia?

La Ley 2081 del 2021 modificó el artículo 83 la Ley 599 del 2000, es por eso por lo que ahora la prescripción de delitos menciona que “la acción penal prescribirá en un tiempo igual al máximo de la pena fijada en la ley, si fuere privativa de la libertad, pero en ningún caso será inferior a cinco (5) años, ni excederá de veinte (20)”.

Sin embargo, también establece que:

Delitos con prescripción especial (30 años)

Tienen 30 años de prescripción los delitos de:

  • Desaparición forzada
  • Tortura
  • Homicidio de sindicalistas
  • Homicidio de defensores de Derechos Humanos
  • Homicidio de periodistas
  • Desplazamiento forzado

Delitos sin pena privativa de la libertad

Si el delito no tiene cárcel, sino otro tipo de sanción, la acción penal prescribe en 5 años.

Aumento del tiempo de prescripción

El plazo se aumenta a la mitad cuando:

  • El responsable es servidor público o ejerce funciones públicas (permanentes o transitorias).
  • La conducta se inició o consumó en el exterior.

Nota: no se puede superar el límite máximo permitido.

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