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Empleadores no pueden obligar a los trabajadores a vacunarse contra la COVID-19

La afirmación la hizo el Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario al hacer un análisis del panorama que se puede vivir en el país con la llegada de la vacuna.

El Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario dice que no pueden obligar a los trabajadores a vacunarse contra la COVID-19. Foto: Getty Images

El Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario dice que no pueden obligar a los trabajadores a vacunarse contra la COVID-19. Foto: Getty Images(Thot)

El Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario manifestó que ante la actual situación que se viene presentando en el mundo con la llegada de la vacuna contra la COVID-19, el proceso ha generado varios cuestionamientos y debates en Europa, por lo cual no se puede descartar que cuando inicie el proceso de vacunación en Colombia, dicho cuestionamientos impacten el sistema laboral del país.

En el análisis realizado se recordó que según un reciente informe del Dane, el 44,2% de los colombianos afirmaron no estar interesados en aplicarse la vacuna, lo que para Iván Daniel Jaramillo, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad Del Rosario, es una situación que genera tensiones en los espacios laborales, sin embargo esto no debería llevar a que los empleadores obliguen a sus trabajadores a aplicarse la vacuna si no quieren.

Por ende, ante el interrogante de si ¿pueden los empleadores despedir a un trabajador por no vacunarse contra la COVID-19?, Jaramillo, explicó “en España e Italia viene debatiéndose esta problemática, sobre la base de la prevalencia de los derechos fundamentales ligados a la libertad de conciencia y dignidad del trabajador, salvo en casos extremos de posible afectación de derechos de terceros”.

Seguido a esto, el especialista agregó “en Colombia debe evaluarse en cada caso concreto el carácter imprescindible de la vacuna para el desarrollo de las funciones encomendadas al trabajador, dada la posible afectación a terceros y la imposibilidad de adoptar acciones alternativas que permitan reducir el riesgo y respetar el principio de estabilidad en el trabajo”.

Añadiendo: “si bien es deseable una previsión legal específica sobre el particular, bajo el actual contexto, ante la posible afectación de terceros por la no vacunación del trabajador, el empleador debe considerar la adopción de modalidades de trabajo a distancia como  el trabajo en casa, teletrabajo y el traslado a espacios de reducción de la exposición al contagio, respetando el carácter voluntario del proceso de vacunación para la realización de los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, la objeción de conciencia y la dignidad humana”.

Finalmente, el análisis del Observatorio expuso que hay algunos casos en específico donde sí se podría exigir la vacunación, uno de ellos es por ejemplo para los trabajadores de los centros de salud en el territorio nacional.

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