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Familia Gómez perdió batalla legal en la JEP

La Sala de Reconocimiento negó un recurso de reposición interpuesto por la familia Gómez que se oponía a las versiones de dos excomandantes de las Farc sobre el magnicidio.

La JEP rechazó el recurso de reposición que había interpuesto en octubre pasado el movimiento "Únete x Colombia" representante de la familia de Álvaro Gómez Hurtado. Foto: Colprensa / ARCHIVO

La JEP rechazó el recurso de reposición que había interpuesto en octubre pasado el movimiento "Únete x Colombia" representante de la familia de Álvaro Gómez Hurtado. Foto: Colprensa / ARCHIVO(Thot)

La W conoció en primicia que la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) rechazó el recurso de reposición que había interpuesto en octubre pasado el movimiento "Únete x Colombia" representante de la familia Gómez Hurtado, quienes se oponían a que se realizaran las versiones libres del senador Carlos Antonio Lozada y el presidente del partido Farc Rodrigo Londoño pactadas para el 4 de noviembre y el 17 de noviembre.

La Sala en decisión adoptada el 11 de noviembre de este año negó las pretensiones de esa acción judicial la cual argumentaba que la JEP no tenía competencia para adelantar la investigación.

Además, los promotores señalaban que el tribunal especial debía abrir un caso o macrocaso en el que pudiese incluir el magnicidio del líder conservador y los otros cinco crímenes en los que se autoincriminaron los exguerrilleros o recaudar mayores evidencias, antes de llamarlos a rendir versión.

Según la Jurisdicción, previamente a definir si dan apertura o no a un caso o macrocaso, deben primero conocer si la verdad que aporten Lozada y Londoño satisface los requisitos para que se considere que el crimen fue perpetrado con relación al conflicto armado.

"Si bien el ejercicio judicial, por regla general, presupone la evaluación previa de los factores de la competencia, hay ocasiones en que los jueces no pueden determinar con precisión tales factores y deben recopilar información para realizar tal valoración" señala el documento al que La W tuvo acceso.

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Sobre ese mismo punto, la Procuraduría apoyó la negación del recurso al señalar que "antes de que se emita un pronunciamiento sobre competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz, sus salas y secciones deben proceder al recaudo de elementos de convicción necesarios para establecer de naturaleza razonada si se verifican los diferentes factores que determinan su competencia".  

La Sala de Reconocimiento además aclaró que la Fiscalía podrá continuar con sus investigaciones dentro de su competencia (como por ejemplo llamar a los exguerrilleros a interrogatorios) eso sí, sin afectar su libertad o proferir sanciones mientras que la JEP adopta una resolución de conclusiones, (decisión en la que determina si hubo aceptación de responsabilidad de los crímenes o no y se lleva el caso ante el Tribunal de Paz).

Sobre si la Corte Suprema de Justicia debe investigar al senador Carlos Antonio Lozada por su fuero como congresista, la JEP indicó que primero debe recibir su versión para determinar si existe una relación con el conflicto armado y es competente, o no lo es.

Las nuevas fechas dictadas por la Sala de Reconocimiento para recibir las declaraciones de los excombatientes fueron fijadas así: el senador Carlos Antonio Lozada deberá comparecer el 10 de diciembre desde las 9:00 AM, mientras que el presidente del partido Farc Rodrigo Londoño fue citado para el 11 de diciembre también a partir de las 9:00 AM.

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