Actualidad

Otras dos sentencias podrían ser modificadas esta semana por la Corte Constitucional

Esto aunque Alejandro Linares aseguró que no hay tendencia a revisar el pasado en éste tribunal y que los magistrados están respetando las decisiones de sus antecesores.

Ésta semana podrían caerse dos importantes sentencias que fueron denominadas como decisiones sin precedentes. Foto: Colprensa - Corte Constitucional

Ésta semana podrían caerse dos importantes sentencias que fueron denominadas como decisiones sin precedentes. Foto: Colprensa - Corte Constitucional(Thot)

Ésta semana podrían caerse dos importantes sentencias que fueron denominadas como decisiones sin precedentes.

Según fuentes consultadas por La W, la primera es la de Cerromatoso. Esta sentencia quedaría en una simple consulta y los habitantes de la región que resultarían afectados por la explotación de níquel no van a recibir reparaciones económicas.

Otro fallo que podría ser modificado o incluso tumbado por completo es el que delimitó el páramo de Santurbán. Esta decisión fue demandada por la Asociación Colombiana de Minería (ACM), ya que el fallo argumenta la necesidad de proteger el ecosistema y trabajar de mano con la comunidad. Sin embargo, en caso de ser modificado, el Ministerio de Ambiente deberá revisar otras 20 delimitaciones de páramos que llevó a cabo con los lineamientos que estableció el fallo del Páramo de Santurbán.

La sentencia de la Corte que tumbó la resolución 2090 de 2014 es la que delimitó el Páramo Jurisdicciones Santurban-Berlín. Se estudió una tutela presentada por la Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez y el Comité para la Defensa del Agua del Páramo de Santurbán, que cuestionaron su falta de participación en el procedimiento de delimitación por parte del Ministerio de Ambiente y a quienes la Corte les dio la razón.

“El Ministerio vulneró el derecho a la participación ambiental de los peticionarios y de toda la comunidad de la zona de influencia del Páramo de Santurbán, al expedir la Resolución 2090 de 2014, porque desconoció facetas esenciales de ese principio, a saber: i) El acceso a la información, pues no facilitó ni divulgó el proyecto de acto administrativo cuestionado; ii) La participación pública y deliberativa de la población, en la medida en que la intervención ciudadana no incluyó a todos los afectados con la decisión de delimitación del Páramo de Santurbán”, dice la decisión.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad