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Reglamentado procedimiento para modernización del parque automotor de carga

Con la resolución 0005304 se reglamentó el procedimiento de registro inicial y el procedimiento para aplicar al Programa de modernización del parque automotor de carga.

Reglamentado procedimiento para modernización del parque automotor de carga. Foto: Colprensa

Reglamentado procedimiento para modernización del parque automotor de carga. Foto: Colprensa(Thot)

El Ministerio de Transporte expidió la resolución 0005304 por la cual se reglamenta el procedimiento de registro inicial de vehículos nuevos de servicio público y particular de carga de más 10,5 toneladas, se determinan las condiciones y, también, se reglamenta el procedimiento para aplicar al “Programa de modernización del parque automotor de carga”.

“Con este nuevo programa reduciremos drásticamente el impacto negativo de las emisiones de gases efecto invernadero, mejoraremos la calidad del aire, reduciendo material particulado, lo que impactará directamente la salud de todos los colombianos. Estamos contribuyendo en el ahorro de costos de operación, emprendimiento y ayudando a una mayor productividad del transportador. El programa implementa trámites transparentes y expeditos que permiten a los propietarios y transportadores, acceder a él, sin intermediarios, en el marco de la legalidad y transparencia”, aseguró el Viceministro de Transporte, Juan Camilo Ostos.

Según lo explicado desde el Mintransporte, el programa está dirigido a pequeños propietarios de hasta 3 vehículos de carga de servicio público, con un peso bruto vehicular superior a 10,5 toneladas, que tengan antigüedad igual o superior a 20 años, que no estén postulados en ninguna otra solicitud de normalización ni de reposición y que se encuentren registrados en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).

Añadiendo que los transportadores encontrarán 4 alternativas (con y sin reconocimiento económico) y podrán postularse a una de ellas, aclarando que el proceso se realizará únicamente a través de la plataforma RUNT.

Según datos del RUNT, en la actualidad en Colombia existen alrededor de 119.000 vehículos de transporte de carga pesada con un peso bruto vehicular igual o superior a 10,5 toneladas. De estos, aproximadamente 56.000 tienen más de 20 años de antigüedad y en su mayoría son de pequeños propietarios. Con el nuevo programa se espera renovar 25.000 vehículos.

Las postulaciones estarán sujetas a la disponibilidad de recursos para el reconocimiento económico y se resolverán en orden cronológico, con validación previa por el sistema RUNT del cumplimiento de las condiciones del vehículo y de propiedad establecidos la Resolución.

Adicionalmente,  aquellos propietarios de un nuevo vehículo de transporte de carga con peso bruto vehicular superior a 10,5 toneladas, deberán realizar un pago del 15% del valor comercial del vehículo, sin IVA, el cual se destinará para el fondo de modernización vehicular.

Las fuentes de recursos del programa serán: el recaudo del proceso de normalización vehicular, los saldos del programa anterior, el pago del 15% sobre el valor comercial, sin IVA de un vehículo de carga por su registro inicial y otras fuentes de financiamiento.

Las alternativas para postulación al nuevo programa de modernización de carga son:

1.    Alternativa de reconocimiento económico de vehículos operativos por desintegración física total SIN fines de reposición.

Esta alternativa está dirigida a todos los propietarios de vehículos de transporte de carga de servicio público que toman la decisión y optan por salir voluntariamente del mercado. En este caso, los propietarios deberán desintegrar su vehículo con antigüedad igual o mayor a 20 años, el cual deberá contar con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y la Revisión Técnico Mecánica (RTM) en tres (3) años, continuos o descontinuos, durante los últimos cinco (5) años, anteriores a la fecha de postulación. Con esta opción, el propietario podrá acceder al reconocimiento económico, desde 50 hasta 101 millones de pesos, según la tipología del vehículo y los valores respectivos, publicados por el Ministerio de Transporte.

2.    Alternativa de reconocimiento económico de vehículos operativos por desintegración física total CON fines de reposición.

Esta alternativa está dirigida a propietarios de vehículos de servicio público que deseen continuar en el sector transporte y quieren renovar su vehículo. El mismo deberá tener una antigüedad igual o mayor a 20 años, tener SOAT y revisión técnico mecánica de 3 años, continuos y descontinuos, durante los últimos 5 años desde la fecha de postulación.

El propietario tendrá la opción de desintegrar y reponer por un vehículo nuevo. Al desintegrar, tendrá un beneficio económico desde 30 hasta 60 millones de pesos si repone por un nuevo vehículo de tecnologías convencionales (ej. diésel, gasolina), o desde 35 hasta 70 millones de pesos, si repone por un nuevo vehículo de tecnologías de bajas emisiones (ej. Eléctrico o a gas) lo anterior, según los valores publicados por el Ministerio de Transporte. Adicionalmente, contarán con la exención total del IVA del 19% al momento de la compra del vehículo nuevo, si el propietario tiene hasta dos vehículos de carga con más de 10,5 toneladas en su propiedad.

3.    Alternativa de reconocimiento económico de vehículos no operativos por desintegración física total SIN fines de reposición.

Esta alternativa está dirigida a propietarios de vehículos de transporte de carga de  servicio público no operativos, cuyos vehículos tengan una antigüedad igual o mayor a 20 años, pero que no cuentan con SOAT o con la Revisión Técnico Mecánica (RTM) de 3 años, continuos y descontinuos, durante los últimos 5 años desde la fecha de postulación, y que optan por salir voluntariamente del mercado. Con esta opción, el propietario podrá acceder al del reconocimiento, desde 20 hasta 40 millones de pesos, según los valores publicados por el Ministerio de Transporte.

4.    Alternativas  de reposición SIN reconocimiento económico.

Esta alternativa del Programa está dirigida a todos aquellos propietarios de vehículos, de servicio público o particular, de cualquier año modelo que quieran  reponerlo. Esta alternativa cuenta con tres opciones en las cuales serán eximidos de tener que realizar el pago del 15% en la matrícula de un nuevo vehículo:

·         Reposición por desintegración física total sin reconocimiento económico.

Aplica para vehículos de cualquier año modelo con más de 10,5 toneladas de peso bruto vehicular y que el propietario desee reponer el vehículo. El propietario podrá tener exención del IVA en el momento de la compra del nuevo vehículo, en reposición, si el propietario tiene hasta dos vehículos de carga con más de 10,5 toneladas en su propiedad.

 

·         Reposición por pérdida o destrucción total (no tendrán exención de IVA).

Aplica para vehículos sin condición de año modelo con más de 10,5 toneladas de peso bruto vehicular y el propietario desee reponer el vehículo, que haya sido objeto de pérdida o destrucción total, en el mismo servicio prestado. Esta alternativa no contará con exención del IVA.

·         Reposición por hurto (no tendrán exención de IVA).

Aplica para vehículos sin condición de año modelo con más de 10,5 toneladas de peso bruto vehicular y el propietario desee reponer el vehículo hurtado en el mismo servicio prestado. Esta alternativa no contará con exención del IVA.

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