Judicial

Reclusos de etnia afro y jamaiquinos pueden llevar el pelo largo: Corte

La Corte Constitucional le ordena al Inpec que los reclusos de etnia afrodescendiente y cultura jamaiquina no tengan la obligación de cortarse el pelo durante el tiempo que permanezcan privados de la libertad.

Imagen de referencia de una cárcel. Foto: 	Caspar Benson / Getty Images

Imagen de referencia de una cárcel. Foto: Caspar Benson / Getty Images / Caspar Benson

La Corte también le solicitó a la Dirección de la Cárcel Penitenciaría de Alta y Mediana Seguridad de Palmira que aplique un enfoque diferencial en el tratamiento de uno de sus reclusos y lo exceptuara de la obligación de cortarse el pelo mientras que se encuentre en la cárcel.

La decisión fue adoptada al estudiar una tutela que presentó un interno de dicha cárcel y explicó que, debido a su etnia afrodescendiente y su cultura jamaiquina, desde la infancia ha tenido el pelo largo peinado con trenzas.

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Sin embargo, el centro de reclusión no se lo permitía. La directora de la cárcel señaló que, entre otras cosas, la exigencia de uniformidad entre las personas privadas de la libertad se fundamentaba en razones de higiene y de seguridad.

Esto porque las modificaciones en la apariencia física podían ser utilizadas para vulnerar la seguridad del establecimiento con intentos de fuga o suplantación.

Sin embargo, el alto tribunal señaló que este argumento era reprochable pues: “para la Corte es reprochable que, además de las difíciles condiciones que afrontan las personas privadas de la libertad, PPL por los problemas estructurales del sistema carcelario, las directivas de los centros penitenciarios les impongan restricciones desproporcionadas al ejercicio de los derechos que se deben salvaguardar incólumes durante el tratamiento penitenciario”, puntualizó la sentencia.

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